carros parqueados
No cobrarán impuestos por parqueo en Bogotá.
Canal RCN
27 Mar 2024 11:23 AM

Pilas conductores: Determinan horario que tiene que prender luces pa' no ganarse sanciones

Óscar
Barrero
Los conductores pueden tener inconvenientes por el mal manejo de las luces.

Uno de los accesorios más útiles en los vehículos son las luces, ya que mejoran la visibilidad de los conductores en la carretera, especialmente durante la noche o en condiciones climáticas desfavorables que reducen la visión.

Contar con una buena iluminación aumenta la seguridad. Por ende, es crucial cumplir con las normativas sobre su uso, dado que un manejo descuidado puede resultar en costosas infracciones de tránsito.

Según el Código Nacional de Tránsito, estipulado en la Ley 769, las luces del vehículo son obligatorias en las vías colombianas, ya que desempeñan diversas funciones específicas para prevenir accidentes.

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Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones económicas considerables. Por ejemplo, una bombilla rota o fundida puede ser sancionada con una multa de $1.114.927.

Los sistemas de luces exteriores de un vehículo tienen una función específica, contribuyendo prácticamente a que el conductor evite accidentes.

¿Cuándo es obligatorio mantener encendidas las luces del vehículo?

El artículo 86 de la Ley 769, que aborda las luces exteriores, establece una regla importante que las personas deben tener en cuenta: las luces deben permanecer encendidas desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente, o hasta que las condiciones adversas de visibilidad se disipen.