Si un juez emite una orden de embargo, el objetivo es asegurar el pago de una deuda mediante la retención de los bienes del deudor. Sin embargo, la situación se complica cuando la persona deudora no posee bienes embargables. En estos casos, el acreedor enfrenta desafíos para recuperar su dinero, ya que no hay bienes disponibles para retener y garantizar el pago.
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¿Qué pasa si no tiene bienes embargables?
Una opción para el acreedor es esperar a que el deudor adquiera nuevos bienes en el futuro, aunque este proceso puede tomar mucho tiempo, afectando a quien reclama su dinero. Como alternativa, se puede llegar a un acuerdo de pago con el deudor, estableciendo un plan de cuotas para saldar la deuda. Esta solución es generalmente más viable si el deudor demuestra disposición para pagar.
En situaciones más graves, donde el deudor no tiene bienes ni ingresos suficientes, el acreedor podría solicitar la declaración de insolvencia del deudor. Este proceso legal busca liquidar cualquier bien del deudor para repartirlos entre los acreedores.
¿Cuánto se puede embargar?
El monto que se puede embargar en Colombia depende del tipo de deuda. Por ejemplo, si la deuda es con un banco, un particular o un almacén, solo se puede embargar el 20% del excedente del salario mensual. Ejemplo, si usted gana $1.500.000 pesos, solo le pueden embargar $118.295 pesos.
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Además, el artículo 594 del Código General del Proceso establece que ciertos bienes y derechos no son embargables. Entre ellos se incluyen el salario mínimo, el lecho del deudor y su familia, la ropa necesaria, libros relacionados con la profesión del deudor, y herramientas esenciales para su trabajo. Estos bienes están protegidos por la ley, garantizando que el deudor conserve lo necesario para su subsistencia básica.