Cómo cambiarse el nombre y apellido sin tanta 'vaina': requisitos son sencillos
En Colombia, cuando una persona nace, debe ser registrada mediante un certificado de "nacido vivo", el cual es expedido por el centro hospitalario correspondiente. Posteriormente, los padres tienen la obligación de realizar el registro civil de nacimiento en la Registraduría Nacional del Estado Civil dentro del primer mes de vida del bebé. Este documento oficial incluye información como la fecha de nacimiento, el sexo, los nombres y apellidos asignados, así como los datos completos de los padres.
Sin embargo, la ley colombiana permite realizar modificaciones en el nombre o apellido bajo ciertas condiciones. Según el artículo 62 del Decreto 1260 de 1970, si un recién nacido es abandonado o no se conoce el apellido de los padres, el funcionario encargado del registro puede asignarle uno de uso común en el país. Asimismo, el artículo 6 del Decreto 999 de 1988 establece que, en caso de matrimonio, una mujer puede adicionar o eliminar el apellido de su esposo, precedido de la preposición "de", si así lo desea.
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Además, las personas mayores de edad tienen el derecho de cambiar su nombre o apellido, ya sea por voluntad propia o debido a razones personales, como el abandono por parte de un progenitor. Este cambio puede realizarse mediante un procedimiento regulado.
¿Cómo cambiar el nombre y apellido en Colombia?
El cambio de nombre y apellido en Colombia es posible a través de una escritura pública y está limitado a una única ocasión durante la vida adulta, salvo en casos de cambio de sexo. Según la Notaría 21 de Medellín, los ciudadanos pueden modificar, eliminar o adicionar componentes de su nombre mediante este trámite. El proceso debe realizarse en la notaría donde está registrado el interesado.
Una vez completado el trámite, es obligatorio actualizar los documentos de identificación, como la cédula de ciudadanía, para reflejar el nuevo nombre.
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Requisitos para cambiar el nombre o apellido
La Notaría 19 de Bogotá detalla los documentos necesarios para llevar a cabo este trámite:
- Copia auténtica del registro civil de nacimiento.
- Carta de solicitud dirigida al notario, firmada por el interesado, manifestando la intención del cambio de nombre.
- Copia del documento de identificación.
- Si el cambio lo realiza un menor de edad, el trámite debe ser gestionado por los padres o el representante legal.
- El cambio solo puede hacerse una vez en la vida, salvo que sea realizado por un menor, quien podrá modificarlo nuevamente al alcanzar la mayoría de edad.
- Si el registro civil está en otra ciudad, el trámite puede realizarse en cualquier notaría de Bogotá. En caso contrario, debe efectuarse exclusivamente en la notaría donde está registrado.
Cambiar el nombre o apellido en Colombia es un derecho respaldado por la ley, que permite a los ciudadanos adaptar su identidad según sus necesidades o circunstancias personales, respetando los procedimientos establecidos.