Comunidad emberá en el Parque Nacional de Bogotá
Asentamiento indígena en el Parque Nacional
RCN RADIO
19 Dic 2021 10:20 AM

Fallo da plazo de 10 días a la Alcaldía para reubicar indígenas del parque Nacional

Jenny
Rocio Angarita
El fallo establece que se deben garantizar las condiciones higiénicas y sanitarias, respetando sus costumbres y tradiciones ancestrales. 

El juez Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Suba tuteló los derechos de los indígenas embera asentados en el Parque Nacional y ordenó a la Alcaldía de Bogotá, reubicarlos en un término no mayor a 10 días. 

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El juez emitió una sentencia referente a la tutela que interpuso el personero de Bogotá , Julián Pinilla, en la que solicitaba garantizar la reubicación de los cientos de indígenas que permanecen desde el mes de septiembre en ese lugar, sometidos a las bajas temperaturas y a las deficientes condiciones sanitarias.  

Por lo mismo, el fallo establece que se deben garantizar las condiciones higiénicas y sanitarias, respetando sus costumbres y tradiciones ancestrales. 

"Ordenar a la Administración Distrital que, producto de las concertaciones con las autoridades indígenas, se adelante la identificación de un lugar de reubicación dentro del Distrito Capital con las condiciones higiénico- sanitarias adecuadas, y que respete sus usos, costumbres y tradiciones culturales y en general la aplicación del enfoque diferencial étnico indígena, absteniéndose de segregar a las comunidades indígenas", apartes del fallo. 

El juez también precisó que el Distrito tendrá 10 para terminar el proceso de caracterización de quienes permanecen asentados en el Parque Nacional y trasladarlos a un lugar de manera temporal. 

"Deberán proceder a identificar un inmueble que garantice las condiciones de habitabilidad, identidad étnica, cultural, costumbres religiosas y/o ancestrales, sin que ello implique la segregación de las familias, mientras se resuelve la situación de retorno a los territorios, dentro del término de (10) días siguientes a la notificación de la presente providencia, el cual deberá ser puesto en consideración de las autoridades indígenas", señaló. 

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Entre tanto, el funcionario judicial también le ordenó a las autoridades indígenas que permitan el ingreso al campamento de los funcionarios de la Alcaldía de Bogotá para que desarrollen la caracterización de toda la población entre mujeres embarazadas, lactantes, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y hombres. 

Dentro de dicha caracterización se deben tener en cuenta las necesidades de las comunidades embera de acuerdo a sus tradiciones.