Juez le negó la libertad a los ocho procesados por el atentado contra el Andino
El juez 11 Penal Municipal con Función de Control de Garantías negó la solicitud por vencimiento de términos contra ocho de los procesados por el atentado ocurrido contra el centro comercial Andino de Bogotá.
"Por pertenecer supuestamente al grupo armado organizado del ELN, los términos se vencen sólo cuando se cumplen 500 días de acuerdo a lo que establece la ley", aseguró el funcionario judicial.
La decisión se dio luego que los defensores de los ocho detenidos que permanecen recluidos en cárceles del país, solicitaran ante la juez 11 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá que les otorguen la libertad por vencimiento de términos.
El argumento de los apoderados de los procesados, radica en que desde que se presentó el escrito de acusación trascurrieron 264 días.
Expusieron ante la funcionaria judicial que el escrito de acusación se radicó el 14 de diciembre de 2018, por lo que la juez 35 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, programó la audiencia de presentación del escrito de acusación para el seis de febrero.
No obstante, la Procuraduría le solicitó a la Fiscalía que definiera, si se les podía declarar como un grupo armado organizado (GAO); por ello se suspendió la diligencia y se citó para el 21 de marzo.
Los defensores durante la audiencia, pidieron que se ahondara en los hechos y en la investigación de la Fiscalía, por lo que la funcionaria judicial nuevamente suspendió y programó para el 12 de abril.
Sin embargo, en esa fecha la juez no pudo adelantar la diligencia; el 9 de mayo la Fiscalía presentó el escrito de acusación.
Según expresaron los abogados pasaron otros cuatro meses en los que no se inició el juicio en contra de Johana Rodríguez Zárrate, Lina Jiménez, Boris Rojas Quijano, César Barrera, Andrés Bohórquez, Juan Camilo Pulido, Iván Darío Ramírez y Cristian Santiago Sandoval Moreno; implicados en el atentado ocurrido en 17 de junio de 2017.
Procuraduría
Por su parte, el delegado del Ministerio Público aseguró que no es procedente la solicitud de la defensa porque según el artículo 25 de la ley 1908, a los detenidos por estar siendo procesados como un grupo armado organizado, no se les tiene en cuenta los 240 días para vencimiento de términos sino 500 días.
Dentro de las causales para obtener la libertad, la normatividad establece que “cuando transcurridos quinientos (500) días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio por causa no imputable al procesado o a su defensa”.
Fiscalía
La Fiscalía Genera de la Nación,entre tanto, respaldó la postura de la Procuraduría frente a los términos. También explicó que una vez se presentó el escrito de acusación, la defensa pidió aclaraciones que retrasaron 48 días el inicio del juicio en contra de la procesada.
Con el descuento por los días que argumentó la defensa, se estableció que solo han transcurrido 216 días.
RCN Radio conoció que otro de los argumentos consiste en que la Fiscalía recibió una certificación del Consejo de Seguridad Nacional, en el que se advierte que el Ejército de Liberación Nacional es considerado un grupo armado organizado.
También se concluyó que existe conexidad entre el ELN y la célula que perpetró el ataque contra el centro comercial Andino, en el norte de la ciudad.
Entre tanto, ante la juez 10 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, la defensa de Alejandra Méndez Molano, vinculada a la investigación por el atentado al centro comercial Andino, pidió libertad por vencimiento de términos.
En este caso la funcionaria judicial, anunció que tomará la decisión el próximo lunes 9 de septiembre.
Violeta Arango conocida como 'Violeta', otra de las involucradas sigue prófuga de la justicia.
Los abogados de los ocho capturados, apelaron la decisión y será un juez de segunda instancia el que tome la decisión.