SANCIONADA LEY QUE BENEFICIA A DEUDORES DE COMPARENDOS
Bogotá... La Presidencia de la República dio vía libre a la Ley 1383 del 16 de marzo de 2.010, que otorga beneficios de carácter permanente para todos los conductores del país: descuentos por pronto pago de multas por infracciones de tránsito, eliminación de manera permanente de la duplicación de la multa y 12 meses para acceder a un descuento del 50% en multas pendientes.
A partir de ahora no se volverá a duplicar el valor de la multa, lo que sucedía con anterioridad cuando el infractor no pagaba antes del tercer día. Esto ocasionó el incremento incontrolado de las carteras morosas de los organismos de tránsito. De igual manera, el conductor que cometa una infracción tendrá ahora, a partir de la imposición de la multa, 5 días para presentarse y pagar con el derecho a acceder al descuento del 50 por ciento.
Si cancela del día 6 al 20, gozará del 25 por ciento de descuento. Si no lo hace en este tiempo, tendrá que pagar el 100 por ciento del valor pero la multa no se duplicará en ningún caso. Asimismo, se aumenta hasta en un término máximo de 10 años, la suspensión de la licencia para el conductor que sea sorprendido manejando bajo los efectos del alcohol.
Los conductores del país con deudas pendientes de pago por infracciones de tránsito tendrán, a partir de ahora, un período de gracia de 12 meses, en los que tendrán derecho a un descuento del 50 por ciento de su deuda.