Decir piropos vulgares en la calle podría tener un canazo de cuatro años
Fue radicado en el Congreso de la República un proyecto de ley que sancionaría hasta con cuatro años de cárcel los piropos vulgares. La iniciativa busca agregar al artículo 210 del Código Penal la conducta de "acoso sexual en espacio público o semipúblico”.
El proyecto, radicado por la representante Katherine Miranda, con el apoyo de la bancada de las mujeres, señala que aquella persona que, “sin mediar consentimiento, acose, asedie física o verbalmente, realice exhibicionismo, tocamientos, filmaciones o cualquier otra conducta de connotación sexual inequívoca o contenido sexual explícito en espacio público o de acceso público incurrirá en una prisión de dos a cuatro años".
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De acuerdo con la representante Miranda, la iniciativa busca proteger principalmente a las mujeres que suelen sentirse inseguras y vulnerables cuando se encuentran en la calle. Además, pone freno a aquellas personas que con palabras obscenas acosan a las demás en el espacio público.
El proyecto iniciará su tramite en la Cámara de Representantes y, de ser aprobado, se adicionará en el Código Penal el artículo 210 B, dado que el 210 A establece el acoso sexual de la siguiente manera: “El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno a tres años”.
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Asimismo, la iniciativa contempla que el Gobierno Nacional y los diferentes entes territoriales realicen campañas de concientización y educación sobre el acoso sexual contra la mujer en el espacio público, ya que se trata de un comportamiento manifiesto de violencia.