Racionamiento de agua.
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19 Abr 2024 02:36 PM

Bogotá tuvo récord de consumo bajo de agua: Racionamiento está funcionando

Andrés
Prieto
El alcalde de Bogotá sin embargo señaló que a pesar de la disminución de consumo aún no es suficiente.

El alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, aseguró que el pasado jueves, 18 de abril, se registró el día de menor consumo desde que se implementó el racionamiento y añadió que ya se completan 8 días por debajo del promedio normal de la ciudad.

"Sigamos haciendo nuestra parte, bajemos más nuestro consumo. Ayer, 18 de abril, el consumo fue de 15,34 metros cúbicos por segundo. La meta es 15. Estamos cerca. Con corte al 18 de abril, el nivel de los embalses del Sistema Chingaza era de 14,9%. La meta de abril es llegar al 20%. A pesar de las lluvias, el nivel de los embalses sigue siendo crítico. Necesitamos muchas lluvias más.", dijo.

Asimismo, explicó que este viernes se cumple el noveno turno de restricción, que no tendrá suministro de agua por las próximas 24 horas: "Bogotá nos necesita unidos. Juntos vamos a superar esta crisis. Duchas de 3 minutos, no lavar carros, ventanas, ni fachadas y no acumular más agua de la necesaria para lo básico".

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la Empresa de Acueducto de Bogotá mencionó que a partir de la fecha se analizarán los consumos y se aplicará la medida de desincentivo al consumo en exceso a los usuarios que superen bimestralmente 44 metros cúbicos de agua, lo cual se verá reflejado en la factura que llegará a los predios desde junio.

Por tal razón, los usuarios residenciales que consuman más de 44 metros cúbicos en el bimestre (22 metros cúbicos al mes), deberán pagar un valor adicional por cada metro cúbico, que aparecerá en la factura correspondiente al ciclo siguiente de facturación, independientemente del estrato socioeconómico así:

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- Bogotá: $3.380,84 por m3 superior al límite.

- Soacha: $3.105,39 por m3 superior al límite

- Gachancipá: $2.384,24, por m3 superior al límite

- Tocancipá y Zipaquirá: $2.082,39, por m3 superior al límite

Esta medida adoptada por la EAAB-ESP exceptúa a los inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro que reciben un servicio especial, multiusuarios, a los usuarios de áreas comunes de inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.