Advierten a quienes viven en conjuntos: les restringirían el uso de zonas comunes por Ley
Advierten a quienes viven en conjuntos: revelan quién debe pagar cuota de administración
Composición
20 Feb 2025 11:05 AM

Advierten a los que viven en conjuntos: Ley aclara quiénes deben realizar importante pago

Jhonatan
Bello Florez
La legislación colombiana aclara que si no se paga la cuota de administración puede iniciar acciones legales.

Cuando una persona o familia decide vivir en un conjunto residencial o edificio de propiedad horizontal, debe acogerse a las normas establecidas en el reglamento de propiedad horizontal. Estas incluyen disposiciones sobre pagos obligatorios relacionados con el mantenimiento, la limpieza y el funcionamiento de las áreas comunes.

Sin embargo, cuando se trata de un apartamento en arriendo, surge la duda: ¿quién debe asumir estos gastos, el inquilino o el propietario?

Normativa sobre el pago de administración

La Ley 820 de 2003 regula los contratos de arrendamiento en Colombia, mientras que la Ley 675 de 2001 establece el régimen de propiedad horizontal y determina la obligatoriedad del pago de la cuota de administración.

Este cobro mensual se destina a cubrir gastos comunitarios como:

  • Salarios del personal de vigilancia, aseo y mantenimiento.
  • Reparación y conservación de las zonas comunes.
  • Servicios de seguridad y vigilancia.

El artículo 78 de la Ley 675 establece que los reglamentos de las unidades inmobiliarias cerradas deben incluir cuotas periódicas de administración y sostenimiento, las cuales son responsabilidad de los propietarios.

Adicionalmente, el valor de la cuota de administración y el canon de arrendamiento suelen aumentar cada año, tomando como referencia la inflación o los gastos y reparaciones necesarias en la propiedad.

¿Quién paga la administración: inquilino o propietario?

Según la legislación colombiana, tanto el propietario como el arrendatario pueden ser responsables del pago de la cuota de administración.

Sin embargo, la obligación recae en quien se establezca en el contrato de arrendamiento. Es decir, si no se especifica en el contrato, la responsabilidad del pago seguirá siendo del propietario del inmueble.

En la práctica, muchos contratos incluyen la cuota de administración por separado del canon de arrendamiento, permitiendo que sea el inquilino quien asuma el pago directamente a la administración del conjunto.

¿Qué pasa si no se paga la cuota de administración?

De acuerdo con el bufete Corredor Abogados, si un propietario no paga la cuota de administración, el administrador del conjunto puede iniciar acciones para recuperar la deuda. Estas pueden incluir:

  1. Cobro prejurídico, buscando un acuerdo directo con el propietario.
  2. Proceso ejecutivo, en el que se acude a un abogado para demandar el pago.

En el caso de los arrendatarios, si el contrato establece que deben asumir la administración y no lo hacen, el arrendador podría dar por terminado el contrato de arrendamiento, ya que se consideraría un incumplimiento de las condiciones pactadas.

El pago de la cuota de administración es un compromiso fundamental en la propiedad horizontal. Aunque por ley el propietario es el responsable, este puede transferir la obligación al inquilino mediante el contrato de arrendamiento. Por ello, es clave que ambas partes revisen y acuerden claramente esta condición antes de firmar el contrato.