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Subsidio de arriendo que da el Distrito y pocos conocen.
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14 Feb 2024 09:04 AM

Platica que le debe llegar al trabajador cuando se incapacita: Es un buen monto

Óscar
Barrero
Tenga presente el cálculo para que sepa cuánto le puede llegar de dinero si lo incapacitaron.

Todos los trabajadores en el país tienen derecho a incapacitarse dado el caso que se presente alguna enfermedad o accidente que impide que sus capacidades mentales y físicas se vean limitadas para ejercer cualquier labor.

Sin embargo, pese a esto, muchos temen a hacerlo, ya que llegan a pensar que no le pueden pagar los días que esté inhabilitado de sus labores, pero si esta persona es un trabajador dependiente, debe conocer que la empresa está en la obligación de pagarle esos días de ausencia como si estuviera ejerciendo sus labores.  

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Pero para que esto sea posible, es indispensable que lo trate un médico de una Entidad Promotora de Salud (EPS) o un hospital, en el que describa los motivos de la enfermedad que padece la persona y detalle los días de ausencia que tendrá debido a la incapacidad.  

Esta se puede dar de manera temporal y por eso, las personas podrán recibir un monto económico durante el tiempo que estén ausentados y el que debe hacer los pagos, se da dependiendo la cantidad de días que esta dure, pues la empresa lo puede hacer durante unos días, pero después se pueden cobrar a la ARL o a la misma EPS, que por lo general son los que las suelen pagar.  

Plata que le deben pagar por cada día de incapacidad 

Cabe destacar que las incapacidades deber ser liquidadas sobre el salario que se cotiza, lo que quiere decir que la base del dinero que se toma como referencia es el que devenga mes a mes el trabajador y que usa para hacer el pago a la seguridad social.  

El porcentaje que le deben pagar por incapacitarse también depende de los días que tenga de reposo y que le dificultan retornar a sus labores. Asimismo, si su incapacidad es por algo leve, los días cortos que esté ausente los deberá pagar la compañía para la que usted trabaja, pero caso contrario, si esta se alarga demasiado y se dan más de seis días de incapacidad, el pago lo debe hacer la EPS o ARL respectivamente.  

El cálculo de lo que le deben pagar es muy sencillo. Por ejemplo, si hacemos referencia a que usted tiene una incapacidad de 5 días y su sueldo es el salario mínimo mensual legal vigente ($1.300.000) esto es lo que le deben pagar:  

Coja el valor total de sueldo que devenga mensualmente $1.300.000 y lo divide en 30 días del mes, lo que le da un total de $43.333. 

Este último resultado tiene que multiplicarlo por 66.66, que es el porcentaje que se liquida de una incapacidad común y que no sobre pasa los días en que la empresa le debe dar este dinero. Entonces el cálculo es el siguiente $433.333 x 66.66 % = 2 8,885. 

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Finalmente, este último porcentaje, tiene que multiplicarlo por los días de incapacidad que le dan, en este ejemplo es 5: 28.885 x 5 = 144.425 pesos será lo que deben pagar por el tiempo que se encuentre ausente de sus labores.