Cobro máximo que pueden hacer por cuota extraordinaria en conjuntos
Cobro máximo que pueden hacer por cuota extraordinaria en conjuntos.
Archivo
15 Ago 2024 09:32 PM

Pilas: Cómo saber si usted debe declarar renta

Dayan
Herrera
Tenga en cuenta los cambios en la declaración de renta para este 2024.

La declaración de renta es una obligación para todas las personas naturales que mantienen residencia fiscal en Colombia. Se considera residente fiscal a aquellos que permanecen en el país por 183 días o más durante el año calendario. Además de este requisito temporal, también deben cumplir con los umbrales económicos establecidos por la ley, que determinan quiénes están obligados a presentar la declaración en función de sus ingresos, patrimonio y otras variables financieras. 

Para el año 2023, los topes de declaración determinados en función de las Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir la medida de valor creada por el Gobierno de Colombia y calculada anualmente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN con el fin de simplificar los cálculos y obligaciones tributarias, están valorizados en $42,412 y para este año 2024 se incrementó en $47,065.  

Lea más: Pilas: Evite estos errores al momento de declarar renta

Según Alexander Hernández Fuentes, experto en consultoría financiera corporativa, “los umbrales establecidos para el patrimonio corresponden a 4,500 UVT, que equivalen a $190.854.000, y para ingresos brutos, compras con tarjeta de crédito, consumos y consignaciones bancarias de 1,400 UVT, o $59.376.800. Al alcanzar o superar estos montos, es necesario presentar la declaración de renta”. 

En cuanto a las fechas límite para la presentación de la declaración en 2024, éstas están definidas en el calendario tributario, con vencimientos que van del 12 de agosto al 24 de octubre de 2024, según el último dígito de la cédula del contribuyente, “para verificar si debe o no declarar renta la DIAN ha dispuesto en su página un link para consultar, es importante tener en cuenta que declarar no implica necesariamente pagar” explica Hernández. 

Para quienes deban realizar la declaración, se requieren diversos documentos, para el patrimonio, se deben presentar certificados de saldos de cuentas bancarias, inversiones, escrituras de bienes inmuebles, documentos de adquisición de vehículos, entre otros. En cuanto a ingresos laborales, se necesita el certificado de ingresos y retenciones, certificados de salarios, honorarios y dividendos, estos documentos son emitidos por la entidad que realizó el pago. Las deducciones permitidas incluyen certificados de pagos de salud prepagada, educación, intereses de préstamos para vivienda y donaciones, con un límite del 35 % de los ingresos. Además, es crucial contar con el RUT actualizado. 

Lea también: Desde el 12 de agosto empiezan a vencer plazos para declarar renta

Ahora bien, Hernández aclara que “si debe pagar impuesto de renta recuerde que para calcularlo se tiene en cuenta la renta líquida gravable, que se calcula depurando los ingresos brutos (esto incluye salarios, honorarios, ingresos por alquileres y cualquier otro tipo de ingreso) al restar devoluciones, costos y deducciones, y sobre este resultado se aplican las tarifas del impuesto de renta”. 

La importancia de presentar la declaración de renta según el experto, radica en que constituye una de las principales fuentes de recaudo para financiar servicios públicos y el desarrollo del país, por ello las sanciones en caso de no presentarla a tiempo incluyen una multa por extemporaneidad de hasta el 5 % del impuesto a cargo, sin exceder el 100 % del impuesto, y una multa del 20 % de los ingresos o consignaciones totales en caso de omisión. 

Finalmente, “uno de los cambios más importantes para este año, es que se ha reducido el porcentaje de deducciones permitidas. Anteriormente, los contribuyentes podían deducirse hasta el 40% o 5,040 UVT, mientras que para este año la reducción se limita a 1,340 UVT; no obstante, se mantiene el límite del 25% para deducir rentas exentas, cesantías e indemnizaciones, sin superar los 790 UVT. Estos cambios implican un incremento en los impuestos a pagar para muchos contribuyentes” puntualiza Hernández.