El 17 de mayo de 2017, Danis Daniel Álvarez Parra atacó en repetidas oportunidades con un puñal a su compañera sentimental en el apartamento en el que vivían. Debido a la gravedad de las heridas la mujer murió en el acto.
Cuando llegaron las autoridades, el hombre simuló brindarle auxilio. Al ser interrogado les aseguró que su pareja se había suicidado tras una discusión.
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Sin embargo, las pruebas recolectadas permitían inferir que se trataba de un homicidio. Los familiares de la víctima denunciaron que en repetidas oportunidades Álvarez Parra había atacado físicamente a su pareja.
En sus declaraciones aseguraban que en los 10 años que estuvieron juntos las conductas agresivas y violentan eran frecuentes, resaltando que siempre fue muy posesivo con su compañera sentimental.
Incluso, en una oportunidad el hombre la había atacado con un arma cortopunzante en su espalda y una pierna. En abril de 2017, la golpeó en su cara, causándole un hematoma severo en uno de sus ojos.
En otro caso, la obligó a tomar 25 pastillas e intentó asfixiarla. Los padres de la víctima aseguraron que nunca presentó una denuncia formal por temor y porque el hombre siempre ofrecía disculpas y prometía cambiar su conducta.
En diferentes oportunidades le manifestó a sus familiares y amigos el temor por el comportamiento violento de Álvarez, quien además la humillaba e insultaba. En sus declaraciones, las personas que la conocían aseguraron que ella quería acabar la relación lo que habría provocado el fatal desenlace.
Con estos elementos materiales probatorios, la jueza 35 de conocimiento de Bogotá condenó a Danis Daniel Álvarez Parra a 43 años de prisión por el delito de feminicidio.
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En la decisión judicial se le quitó la patria potestad sobre sus tres hijos -quienes fueron testigos del crimen- hecho por el cual no podrá exigir que los niños lo visiten en prisión ni tengan que pedir su permiso para algún trámite.