Multas de Tránsito
Ministerio de Transporte define los vehículos que pueden prestar servicio de movilidad.
Inaldo Pérez - RCN Radio
29 Ago 2024 08:44 AM

Definen los vehículos que pueden prestar servicio de transporte en Colombia

Cristhiam
Martínez Murcia
Se destacó la importancia de realizar reformas en el Congreso de la República que ajusten los parámetros de movilidad de pasajeros

En Colombia, millones de personas dependen de plataformas como Uber, Didi, y Cabify para ofrecer servicios de transporte, facilitando la movilidad urbana en las principales ciudades del país. Aunque estas aplicaciones son legales, el Ministerio de Transporte ha dejado claro que no todos los vehículos están autorizados para prestar este tipo de servicio.

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Ministerio de Transporte aclara la normativa para vehículos particulares

El Ministerio ha reiterado que las leyes nacionales exigen que tanto las empresas como los vehículos cuenten con una habilitación estatal para ofrecer el servicio público de transporte. En este sentido, se prohíbe estrictamente que vehículos privados se utilicen para tal fin. Esta aclaración se produce en un contexto en el que se busca una mejor regulación de los vehículos que prestan el servicio de movilidad utilizando carros particulares.

El Ministerio señaló: “En el sector transporte velamos por la prestación del servicio en condiciones de seguridad, calidad y legalidad. De ninguna manera estamos en contra del desarrollo tecnológico, apoyamos las iniciativas de esta índole, pero debe protegerse la vida de los usuarios y la prestación del servicio público de transporte bajo las condiciones técnicas y jurídicas establecidas por la normatividad colombiana”.

Además, el Ministerio destacó la importancia de realizar reformas en el Congreso de la República que ajusten los parámetros para que estas aplicaciones operen bajo un marco legal que garantice una competencia justa entre todos los actores del sector. Estas reformas buscan anticiparse a los nuevos fenómenos de la economía colaborativa, nivelando las reglas del juego y estableciendo nuevas condiciones de habilitación.

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¿Qué implica la infracción D12 del Código Nacional de Tránsito?

Los ciudadanos que presten servicio de transporte en vehículos particulares se enfrentan a sanciones severas. La infracción D12 del Código Nacional de Tránsito establece una multa de $1.300.000 en 2024 para aquellos que ofrezcan un servicio diferente al autorizado por su licencia de tránsito. Además, los vehículos utilizados en estas infracciones serán inmovilizados.

La situación subraya la necesidad de que tanto los conductores como las plataformas tecnológicas se adhieran a las regulaciones existentes, garantizando así la seguridad de los usuarios y el cumplimiento de las leyes que rigen el transporte en Colombia.