En la juega: así está funcionando el trámite para sacar los carros de los patios
La Secretaría de Movilidad señaló que, teniendo en cuenta las condiciones que vive el país con ocasión de la pandemia Covid-19, adelantará solo a través de turnos el servicio de entrega de vehículos inmovilizados por infracciones de tránsito.
De esta manera, los ciudadanos que tengan su vehículo inmovilizado en los parqueaderos de la Secretaría de Movilidad deberán ingresar a la página web www.movilidadbogota.gov.co y llenar un formulario para agendar una cita.
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“A vuelta de correo electrónico recibirán su turno de agendamiento. Recuerde que es gratuito y no necesita de tramitadores ni intermediarios”, señala el distrito.
Para llenar el formulario debe completar de forma obligatoria los siguientes campos:
- Nombres y Apellidos
- Tipo de documento
- Número del documento
- Número de teléfono
- Número de celular
- Correo electrónico
- Placa del vehículo inmovilizado
- Número del comparendo
- Fecha de inmovilización
Además, establecieron los siguientes días y horarios de atención para evitar aglomeraciones:
- Martes 31 de marzo de 2020 de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
- Viernes 3 de abril de 2020 de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
- Martes 7 de abril de 2020 de 8:00 a.m. a 1:00 pm
Para efectuar el proceso de entrega del vehículo inmovilizado, el propietario, infractor o autorizado con poder debidamente autenticado, deberá asistir el día y la hora asignada al Punto de Atención Movilidad Calle 13, con los siguientes documentos (original y dos copias):
- Documento de Identidad
- Licencia de Tránsito
- Licencia de Conducción
- Revisión Técnico- Mecánica
- SOAT
Para los vehículos de servicio público de pasajeros, el propietario o su apoderado legal debe presentar, adicional a los documentos mencionados, las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual.
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La Secretaría de Movilidad aclaró que exonerará del pago del servicio de parqueadero a los ciudadanos desde el momento en que la Secretaría dejó de prestar el servicio, es decir, desde el pasado 21 de marzo de 2020 y hasta la fecha que el vehículo sea entregado.
“Frente los trámites de impugnación a comparendos, los mismos están por el momento bajo la medida de suspensión de términos. Esto quiere decir que los ciudadanos gozarán de los beneficios económicos previstos en la Ley 1383 de 2010, una vez la medida pierda su vigencia cuando se supere la fuerza mayor en la que se encuentra motivada”, señaló la entidad.