Estos dos términos, IPS y EPS, provienen de la Ley 100 que reglamenta el sistema de salud colombiano y facilita las herramientas para que la estructura funcione de la mejor manera procurando garantizar una atención igualitaria para todas las personas.
Es común que las personas se embolaten y tengan confusión con estas dos importantes palabras, por eso es necesario aclarar a qué se dedica cada una según lo establece el marco jurídico que las regula.
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¿Qué son las IPS?
Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud son todas las entidades, asociaciones o personas bien sean públicas, privadas o con economía mixta, que están autorizadas para prestar de forma parcial o total los procedimientos que se demanden para cumplir el Plan Obligatorio de Salud (POS).
¿Qué son las EPS?
Las Entidades Promotoras de Salud se encargan de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones. Su principal función es organizar y garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud (POS), también, de hacer los giros respectivos al Fondo de Solidaridad y Garantía que es donde se administran los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud.
¿Cuál es la diferencia entre IPS y EPS?
La diferencia entre estos dos términos consiste en que las EPS se encargan de organizar y garantizar el acceso a los beneficios del Plan Obligatorio de Salud, mientras que las IPS dirigen la parte administrativa, son todas las instituciones que prestan dichos servicios a los ciudadanos.
Es decir, un colombiano no asiste a las oficinas de las EPS para recibir atención médica, sino que va a diferentes IPS (hospitales, clínicas o centros de salud) donde son atendidos por los profesionales de la salud.