Corte Constitucional
Foto Diana Cabrera
4 Sep 2019 09:25 AM

Se mantiene permiso de consumo de drogas y alcohol en espacios públicos

Johana
Rodríguez
La Corte Constitucional rechazó la petición de un ciudadano que pedía tumbar la sentencia.

La Corte Constitucional mantuvo la sentencia que permite el consumo de bebidas alcohólicas y drogas (dosis mínima) en parques y espacios públicos. 

La decisión fue emitida por ese tribunal al rechazar un recurso de nulidad interpuesto por un ciudadano, en el que pidió que se tumbara la sentencia que fue emitida el pasado mes de junio.

 

La Corte encontró que quien pidió la nulidad no actuó en el proceso y por eso no podía elevar ningún tipo de solicitud, por lo que dejó en firme su sentencia alegando el tema del libre desarrollo de la personalidad.

En el fallo, la Corte tumbó dos expresiones del Código de Policía que prohibían el consumo de drogas y alcohol en parques y lugares públicos, al considerarlos como actos que afectan la tranquilidad de la ciudadanía.

En esa sentencia, la Corte confluyó que existen otros medios por parte de las autoridades, para garantizar la tranquilidad en el espacio público, que no necesariamente implican una violación al derecho del libre desarrollo de la personalidad de cada individuo o ciudadano. 

Ese tribunal indicó en su sentencia que el decomiso y las multas por consumo de drogas y alcohol en espacio público, “no es un medio justificable”, para buscar la tranquilidad y las relaciones respetuosas entre los ciudadanos, “por cuanto existen otros medios de policía en el mismo Código que permiten alcanzar los fines buscados sin imponer una amplia restricción a la libertad”. 

La Corte Constitucional también hizo un llamado al Estado para elaborar políticas encaminadas a proteger la dignidad de las personas y al mismo tiempo, combatir el consumo de drogas sin afectar los derechos fundamentales. 

“La respuesta a este dilema no es elegir una de las dos obligaciones, sino lograr armonizar el cumplimiento de ambas obligaciones por parte del Estado. Resolver esta cuestión y lograr tal armonía, es el camino que ha intentado recorrer a lo largo del tiempo la jurisprudencia constitucional bajo la Constitución de 1991”, puntualizó uno de los apartes del comunicado de la Corte sobre la sentencia. 

Fuente
Sistema Integrado de Información