
Colpensiones le dará plata extra a sus afiliados: lo salvará en momentos difíciles
Colpensiones, el fondo público de pensiones de Colombia, ofrece a sus afiliados ciertos beneficios que facilitan su vida, como el auxilio funerario, un apoyo económico que cubre los gastos del sepelio en caso de fallecimiento. Este auxilio es fundamental para aliviar la carga financiera de las familias en momentos difíciles.
¿Quiénes pueden solicitar el auxilio funerario?
Este beneficio está dirigido a las personas que puedan demostrar que asumieron los gastos funerarios de un afiliado o pensionado de Colpensiones. Según el artículo 56 de la reforma pensional del presidente Gustavo Petro, el auxilio es responsabilidad del Componente de Prima Media y se entrega solo a quienes acrediten los pagos realizados.
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Los beneficiarios que pueden acceder a este auxilio son:
- Afiliados activos: Personas que estaban cotizando al sistema al momento de su fallecimiento.
- Pensionados: Quienes recibían una pensión de jubilación, invalidez o sobrevivencia.
- Familiares o terceros: Aquellos que cubrieron los costos del sepelio, siempre que presenten la documentación requerida.
¿Cuánto da Colpensiones por el auxilio funerario?
El valor del auxilio funerario depende del último ingreso o mesada del fallecido y está definido de la siguiente manera:
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Valor mínimo: Cinco (5) salarios mínimos legales vigentes (SMLV).
- Valor máximo: Diez (10) salarios mínimos legales vigentes (SMLV).
Para el año 2025, con un salario mínimo de $1.423.500, el auxilio oscila entre $7.117.500 y $14.235.000. Además, si el beneficiario es el cónyuge o pareja permanente del fallecido, se le reconoce el 50 % del auxilio, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
Requisitos para solicitar el auxilio funerario
Para acceder a este beneficio, es necesario presentar una serie de documentos que acrediten los gastos funerarios y el vínculo con la persona fallecida. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, los principales requisitos son:
- Documento de identificación original del solicitante.
- Registro civil de defunción con fecha de expedición no mayor a tres meses.
- Factura de los gastos funerarios, con sello de cancelado y los detalles del servicio.
- Certificación del centro funerario que prestó el servicio.
- Contrato pre-exequial, si existe.
- Carta de autorización de los herederos, si aplica.
- Formato de cuenta de pago, con la información bancaria del solicitante.
Si un tercero autorizado realiza el trámite, debe presentar una carta de autorización con las facultades específicas, junto con la cédula de ciudadanía de ambas partes.
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¿Cómo solicitar el auxilio funerario?
El trámite se puede realizar de forma presencial o virtual a través de la plataforma de Colpensiones:
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Ingresar al portal oficial de Colpensiones: www.colpensiones.gov.co.
- Seleccionar la opción “Auxilio funerario” en la sección de trámites.
- Descargar el formulario, completarlo con los datos del fallecido y del solicitante.
- Enviar los documentos de forma virtual o entregarlos en una oficina de Colpensiones.
Plazos para solicitar el auxilio funerario
El auxilio funerario debe solicitarse dentro de los 90 días posteriores al fallecimiento del afiliado o pensionado. En caso de negativa o retraso en la respuesta, el solicitante puede presentar un derecho de petición para exigir el reconocimiento del beneficio.
Este apoyo económico representa un alivio importante para las familias en momentos difíciles. Colpensiones ha simplificado el proceso para hacerlo más accesible a los ciudadanos.