
A familias les saldrá caro tener la casa limpia: ley los pone a pagar multas
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo histórico que establece la obligación de los empleadores del servicio doméstico de asumir el costo pensional correspondiente a los periodos en que sus trabajadores no estuvieron afiliados al sistema de seguridad social, incluso si en ese tiempo no existía cobertura del Instituto de Seguros Sociales (ISS).
Esta decisión responde al caso de una mujer que laboró más de 30 años como empleada doméstica sin estar afiliada de forma completa al ISS, lo que derivó en la negación de su pensión de vejez por falta de semanas cotizadas.
El alto tribunal dejó claro que el pago de la pensión o de los aportes para su financiación no es un favor, sino un derecho derivado del vínculo laboral, y que ningún obstáculo legal o administrativo puede eximir al empleador de esta responsabilidad.
En el caso concreto, la Corte confirmó la sentencia que ordenó a la exempleadora pagar el cálculo actuarial por los periodos no cotizados y a Colpensiones incorporar esos tiempos a la historia laboral de la trabajadora.
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Obligación pensional para empleadores de trabajadores domésticos: ¿qué implica?
La decisión de la Corte Suprema implica que los empleadores deben asumir los costos actuariales de los periodos en que no afiliaron a sus trabajadores domésticos al sistema pensional, garantizando así que estos puedan acceder a su pensión de vejez. Esto incluye periodos en los que no existía cobertura formal por parte del ISS o cuando la afiliación no se realizó por omisión del empleador. La jurisprudencia señala que la omisión no exime la responsabilidad patrimonial del empleador, quien debe responder por la financiación de la pensión.
Seguridad social y aportes para trabajadores domésticos en Colombia
Actualmente, la ley establece que los empleadores deben realizar aportes a seguridad social y parafiscales por sus trabajadores domésticos, incluso si trabajan por días o medio tiempo. Estos aportes incluyen salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación familiar, con porcentajes específicos que el empleador debe cubrir, descontando la parte correspondiente al trabajador cuando aplique. En 2025, por ejemplo, la cotización total a pensión es del 16 %, donde el empleador aporta el 12 % y el trabajador el 4 %. Esta regulación busca formalizar el trabajo doméstico y garantizar derechos sociales básicos.
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Qué medidas pueden tomar los empleadores para cumplir con esta nueva obligación
Medidas para cumplir con la obligación pensional para trabajadores domésticos Los empleadores pueden adoptar las siguientes acciones para garantizar el cumplimiento de la nueva obligación establecida por la Corte Suprema:
Formalización y afiliación inmediata al sistema de seguridad social
- Afiliar al trabajador doméstico ante el sistema pensional desde el primer día de labores, independientemente de la modalidad (tiempo completo, medio tiempo o por días).
- Actualizar registros laborales para incluir períodos históricos no cotizados, solicitando asesoría a Colpensiones o administradoras de pensiones para regularizar tiempos pasados.
- Utilizar plataformas digitales como PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) para realizar aportes mensuales obligatorios (16 % del salario base: 12 % empleador, 4 % trabajador).
Regularización de períodos no cotizados
- Contratar asesoría actuarial para calcular el monto correspondiente a los períodos no afiliados, considerando salarios históricos y tiempo laborado.
- Establecer acuerdos de pago con trabajadores o ex empleados para cubrir deudas pensionales de forma fraccionada, previa validación legal.
- Documentar toda relación laboral mediante contrato escrito que especifique salario, funciones y obligaciones de seguridad social, incluso para trabajos ocasionales.
Prevención de riesgos legales futuros
- Capacitarse en normativa laboral vigente, incluyendo la Resolución 0312 de 2019 (estándares mínimos de seguridad y salud en el trabajo) y el Decreto 1072 de 2015.
- Implementar sistemas de recordatorios automatizados para pagos puntuales de aportes, integrando alertas en aplicaciones contables o nómina electrónica.
- Designar un responsable de cumplimiento legal para monitorear cambios normativos y ajustar procesos internos, especialmente en seguridad social.
Recomendación adicional: los empleadores deben conservar copias físicas/digitales de contratos, recibidos de pago y certificados de afiliación al ISS o fondos privados de pensiones por al menos 10 años, como respaldo ante posibles reclamos.
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¿Qué consecuencias acarrean los empleadores que no cumplan con las obligaciones pensionales de sus empleados domésticos?
Consecuencias por incumplimiento de obligaciones pensionales con empleados domésticos Los empleadores que no cumplan con las obligaciones pensionales de sus trabajadores domésticos enfrentan las siguientes consecuencias legales y económicas:
Sanciones económicas y multas
- Multas cuantiosas: las sanciones pueden superar los 300 millones de pesos en casos de mora pensional prolongada, según reportes recientes.
- Cálculo retroactivo: deben pagar el monto actuarial completo por los períodos no cotizados, incluyendo intereses y actualizaciones monetarias.
- Indemnizaciones adicionales: en algunos casos puede conllevar una indemnización no solo al empleado directo, sino a su familia.
Sanciones penales
- Prisión: en casos graves de evasión pensional recurrente, los empleadores enfrentan procesos penales que podrían incluir penas de cárcel.
- Responsabilidad solidaria: la Corte Constitucional ha establecido que la omisión en aportes genera responsabilidad directa del empleador, incluso si intenta negar la relación laboral.
Acciones ejecutivas y embargos
- Embargo de bienes: la Unidad de Gestión Pensional puede iniciar procesos de embargo de propiedades para cubrir las deudas pensionales.
- Retención de cuentas bancarias: autoridades como la UGPP pueden solicitar bloqueos financieros para garantizar el pago.
Obligaciones jurisprudenciales específicas
- Pensión sanción: para relaciones laborales mayores a 10 años, la Corte Constitucional ordena el pago de una pensión vitalicia hasta que el trabajador cumpla los requisitos para acceder a la pensión estatal.
- Reconocimiento retroactivo: deben regularizar períodos históricos no cotizados, incluso si el ISS no tenía cobertura en ese momento, como lo estableció la Corte Suprema en abril de 2025.
Impacto en trámites legales
- Inhabilitación contractual: el registro de deudas pensionales puede afectar la capacidad del empleador para participar en licitaciones públicas.
- Daño reputacional: los casos judicializados suelen ser divulgados públicamente, generando perjuicio a la imagen personal o empresarial.
Los empleadores deben regularizar inmediatamente las afiliaciones pendientes y buscar asesoría legal para negociar planes de pago, evitando así sanciones catastróficas.