LA CORTE DICTAMINÓ QUE LOS CONJUNTOS DEBEN TENER RAMPAS A DISCAPACITADOS
Bogotá. La Corte Constitucional dictaminó que los conjuntos residenciales deben garantizar rampas que permitan el libre desplazamiento de discapacitados.
Según el alto Tribunal, hay que acabar con toda clase barreras físicas en el diseño de vías y espacios públicos que impidan la fácil movilización de esta población vulnerable.
El pronunciamiento lo hizo la alta Corte, al amparar los derechos de un ciudadano discapacitado de Floridablanca, Santander, a quien el conjunto residencial donde vive le negó en varias oportunidades la construcción de una rampa, para evitar el paso por seis escalones. El mencionado conjunto residencial se opuso al a construcción de la rampa, bajo el argumento que afectaría la apariencia estética de la edificación, lo que
disminuiría el valor comercial de los apartamentos.
Sinembargo, la Corte señaló que aunque la norma que establece el régimen de propiedad horizontal, no obliga eliminar las barreras arquitectónicas en las
áreas comunes de los conjuntos residenciales, es necesario acabar con la marginación y discriminación histórica que han sufrido en la sociedad los
discapacitados.