Aclaran derecho que tienen inquilinos para usar parqueaderos en conjuntos residenciales
En Colombia, los proyectos de vivienda se están desarrollando en su mayoría como propiedad horizontal, debido en gran medida a la expansión de la población y la consecuente limitación en el área de construcción. Así, los conjuntos de apartamentos se han convertido en los proyectos de vivienda más comunes.
Los residentes de estos espacios comparten áreas comunes y se rigen por normas de convivencia estipuladas en el reglamento de propiedad horizontal, lo que genera varias preguntas sobre la aplicación de estas normas y a quiénes aplican.
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Uso de parqueaderos por parte de los inquilinos
Una de las preguntas más frecuentes es sobre el uso de los parqueaderos por parte de los inquilinos. Para resolver esta duda, Alerta Bogotá consultó a Contoda Propiedad, expertos en temas de propiedad horizontal.
"Sobre el uso de los parqueaderos en propiedades horizontales, ya hemos publicado vídeos en los que diferenciamos si el parqueadero es privado o común, lo cual implica diferentes tratamientos", afirmaron desde Contoda Propiedad. "Pero hay dos preguntas recurrentes que nos han hecho: una tiene que ver con si el arrendatario tiene los mismos derechos que el propietario para el uso de los parqueaderos. La respuesta es sí. Todos los derechos que tiene el propietario para utilizar los parqueaderos comunes o privados se trasladan al arrendatario. Al arrendar el bien privado, se transmiten todos esos derechos al arrendatario."
Normas sobre parqueaderos comunes y de visitantes
La segunda pregunta frecuente se refiere a la posibilidad de que un propietario con parqueadero privado utilice los parqueaderos comunes, incluidos los de visitantes.
La respuesta a esto depende de la naturaleza de los parqueaderos. "Si los parqueaderos comunes son para visitantes, ningún propietario de bien privado puede utilizarlos, ya que están destinados específicamente para visitantes. Las normas urbanísticas indican que estos parqueaderos son para el uso de visitantes, con el objetivo de evitar congestión en las vías cercanas a la copropiedad. Estas normas exigen que antes de construir la copropiedad, ésta esté dotada de parqueaderos para visitantes."
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Decisiones de la Asamblea General
Si, además de los parqueaderos para visitantes, la copropiedad cuenta con otros tipos de parqueaderos comunes, el uso de los mismos será regulado por la Asamblea General. "Será la Asamblea la que determine quiénes podrán utilizar esos parqueaderos comunes y las reglas correspondientes", explican los expertos. "Incluso, se podría incluir la posibilidad de rentar estos parqueaderos comunes a los propietarios. Sin embargo, sobre este tema de la renta, próximamente presentaremos un video sobre la responsabilidad en caso de daños en los parqueaderos privados o comunes de la copropiedad."
Con estas aclaraciones, se espera que tanto propietarios como inquilinos tengan una mejor comprensión de sus derechos y responsabilidades respecto al uso de los parqueaderos en propiedades horizontales.
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