Empresas de vigilancia no siempre deben responder por robos en conjuntos
Empresas de vigilancia no siempre deben responder por robos en conjuntos.
RCN Radio
23 Jun 2024 12:02 PM

Norma que afectaría a quienes viven en conjuntos los pondría a perder plata

Óscar
Barrero
Esta norma contra robos no siempre puede ser responsabilidad de las empresas de vigilancia.

Si bien uno de los grandes sueños de muchas personas es conseguir una vivienda propia, la mayoría que logra cumplir este objetivo lo hace en conjuntos residenciales o edificios, sin tener en cuenta que habitar en estos entornos implica la aceptación de ciertas normas de convivencia y el cumplimiento de leyes específicas, como la Ley de Propiedad Horizontal.

En relación con la vivienda en estas zonas, surgen diversas preguntas, siendo una de las más comunes entre los residentes qué ocurre en caso de robo: ¿quién responde por los daños sufridos?

Contrario a lo que se podría creer, en la mayoría de los casos, las empresas de vigilancia o la administración del conjunto residencial no deben responder por los robos que ocurran dentro de las viviendas. Su responsabilidad se limita a casos donde se pueda demostrar negligencia o mala actuación por parte de los vigilantes.

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Casos en que una empresa de vigilancia no debe responder por robos en una copropiedad

Según el portal 'Con toda propiedad', "si se logra demostrar que la empresa de vigilancia fue negligente en el control del ingreso de personas extrañas, se podría responsabilizar a la empresa de seguridad y cobrar por los bienes hurtados. Pero si no se logra demostrar esa responsabilidad, el propietario afectado deberá asumir la pérdida".

Es de vital importancia realizar una revisión minuciosa del contrato establecido entre la copropiedad y la empresa de vigilancia, ya que este documento define las responsabilidades y obligaciones de ambas partes. Las cláusulas específicas del contrato determinarán el alcance de la cobertura en caso de hurtos y otros incidentes de seguridad. Además, es fundamental revisar que se cuente con la póliza correspondiente en estos casos.

Tenga en cuenta que la Ley 675 de 2001, o Ley de Propiedad Horizontal, rige la coexistencia de derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad sobre el terreno y los bienes comunes en inmuebles bajo este régimen. Su objetivo principal es garantizar la seguridad, la convivencia pacífica y la función social de la propiedad.

La administración de la propiedad horizontal recae en la Asamblea General de Copropietarios, máximo órgano de decisión, y en el Consejo de Administración, encargado de ejecutar las decisiones tomadas por la Asamblea.

Recomendaciones para prevenir robos en conjuntos residenciales

Aunque la responsabilidad por robos no siempre recae en la empresa de vigilancia o la administración, es importante tomar medidas preventivas para minimizar el riesgo de estos eventos:

  • Fortalecer la seguridad perimetral: Implementar sistemas de control de acceso, cámaras de vigilancia y cercas perimetrales seguras.
  • Capacitar a los vigilantes: Asegurar que los vigilantes estén bien entrenados para detectar y prevenir actividades sospechosas.
  • Fomentar la cultura de la seguridad: Promover entre los residentes prácticas de seguridad como no dejar puertas o ventanas abiertas, no compartir información personal con extraños y reportar cualquier actividad inusual.

En caso de robo, es fundamental actuar con rapidez y presentar la denuncia correspondiente ante las autoridades. La recolección de pruebas y la demostración de negligencia por parte de la empresa de vigilancia, si es el caso, serán claves para determinar la responsabilidad y la posibilidad de recibir una compensación.