Colombia atraviesa por un momento histórico en la lucha por la protección y defensa de los niños y niñas, pues este jueves, después de más de ocho años en un largo y truncado proceso, se aprobó finalmente el proyecto de prisión perpetua para violadores y asesinos de niños.
La reforma constitucional culminó su trámite tras haber sido respaldado por las mayorías (75 votos a favor) en su último debate, el Congreso de la República; ahora, pasa a sanción Presidencial donde será promulgado en el Diario Oficial, para que entre en vigencia.
Sin embargo, hay una aclaración que es oportuna hacer, pues en redes sociales, durante los debates y después de la victoria de este proyecto de ley, han sido mucha las expresiones de satisfacción frente a una cadena perpetua para asesinos como Rafael Uribe Noguera y Luis Alfredo Garavito, entre otros.
Frente a estos casos, cabe aclarar que la nueva ley no aplicará para estos violadores, pues, según establece la norma, ellos fueron condenados antes de que el proyecto fuera aprobado, razón por la que legalmente ya no podrán someterse a una prisión perpetua.
En ámbito del derecho penal se explica que, cuando se va a definir una condena, está debe ser acorde a las leyes que estén vigentes en ese momento, por lo que la cadena perpetua no entra a regir para quienes ya han sido condenados.
Además, desde el momento en que se firme el proyecto de ley y entre en vigencia, pasa a ser aplicable únicamente para quienes tienen un proceso abierto por este tipo de delitos, aclarando que “no es retroactivo para quienes ya purgan una pena”.
Pese a estas aclaraciones, algunos juristas coinciden en que hay una excepción que sí aplicaría para quienes ya están condenados por violación y/o asesinato a menores de edad. Pues el proyecto contempla que, al cumplirse 25 años de condena, puede solicitarse una revisión de pena “que no implicaría que vaya a haber excarcelación”, sino que se hará una revisión y se podría hacer un ajuste a la condena, según el caso.
En este sentido, esto sí podría ser acogido por violadores como Rafael Uribe Noguera y Luis Alfredo Garavito, quienes podían solicitar la revisión tras cumplidos 25 años de su condena; pero a riesgo de que al ser revisado el caso, puedan terminar, ahora sí, condenados a prisión perpetua.
Aunque esta norma ha despertado varios cuestionamientos y reclamos, también ha sido celebrada por sectores y ciudadanos que esperan que los aberrantes actos contra la población infantil comiencen a mermar y las cifras lamentables, tanto de delitos contra menores de edad, como de impunidad, sean reducidas o desaparezcan.