Iván Duque / coronavirus en Colombia
Iván Duque en medio de pandemia por coronavirus en Colombia
Colprensa
20 Ago 2020 02:45 PM

Duque no está obligado a borrar trino de la Virgen de Chiquinquirá

Rafael
Pérez Becerra
La Corte Suprema de Justicia le dio la razón al jefe de Estado.

La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo que le ordenó al presidente Iván Duque retirar de su cuenta personal de Twitter una publicación en la que hacía referencia a la Virgen de Chiquinquirá.  

 

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En su decisión, la Sala Laboral del alto tribunal determinó que el jefe de Estado "actuó protegido" por su derecho fundamental a la libertad de expresión, puesto que dicha publicación la hizo desde su cuenta personal como un ciudadano.

En el debate jurídico se determinó que, con su publicación, el jefe de Estado no se extralimitó o hizo uso indebido de su derecho a expresarse de manera libre, conforme a sus tradiciones y creencias. 

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Según la Sala, La manifestación de Duque, reseña la Sala, logra mantenerse como la expresión de un sentimiento individual de sus creencias católicas, que no tuvo la entidad suficiente para comprometer la postura laica del Estado que representa y se encuentra estipulada en la Constitución Política de Colombia.

En este sentido se reseña que la publicación de Duque abre un debate sobre las dinámicas de interacción que existen entre los ciudadanos y las autoridades públicas en las redes sociales.

Igualmente, la Corte Suprema le hizo un llamado de atención al Presidente de la República para que revise la publicación de mensajes desde su cuenta personal, teniendo en cuenta su investidura y funciones. 

"Es oportuno advertir al funcionario que debe ser particularmente cuidadoso al utilizar sus cuentas personales en tanto debe procurar que sus pronunciamientos se ajusten a la neutralidad propia del cargo", precisa uno de los apartes de la decisión. 

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"En esa perspectiva, una medida idónea para efectivizar tal separación implicaría el uso adecuado de cada una de las cuentas, la personal y la institucional de la Presidencia de la República, a fin de difundir en esta última todos los asuntos derivados de la función pública. Asimismo, el evitar hacer alusión a asuntos de su fuero interno que puedan interpretarse como una postura oficial, en tanto el uso de internet tiende a ser cada vez más amplio y las redes sociales son foros abiertos de discusión, lo que sin duda conduce a que se incremente el escrutinio público sobre sus publicaciones”, concluye la Sala.

Reseña que el Presidente debe ser particularmente cuidadoso al utilizar sus cuentas personales en redes sociales, en tanto debe procurar que sus pronunciamientos se ajusten en dichos espacios a la neutralidad propia del cargo gubernamental que ejerce temporalmente, con el fin de evitar la confusión entre su rol como ciudadano y su investidura de jefe de Estado.

Fuente
Sistema Integrado Digital