Impuestos de personas naturales: así le afectarán los cambios
Impuestos de personas naturales: así le afectarán los cambios
RCN
14 Jun 2023 02:32 PM

Atención deudores: Distrito otorgará 50% de descuento en el pago de sus impuestos en mora

Vanessa
Ávila Velandia
La secretaría de Hacienda le dará un beneficios de pago en los impuestos distritales a los capitalinos.

La Admiración Distrital a través Secretaria de Hacienda de Bogotá ha creado un beneficio bajo el nombre ‘Cero Deudas con Bogotá’ para todos los ciudadanos que se encuentren en mora con sus impuestos.

Esto se hará mediante la ejecución al artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, que establece la reducción de la tasa de interés al 50% sobre obligaciones tributarias vencidas antes del 13 de diciembre de 2022.

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Por medido de esta Ley, expedida por el Congreso de la República, se estipula que “Para las obligaciones tributarias y aduaneras que se paguen totalmente hasta el treinta (30) de junio de 2023, y para las facilidades o acuerdos para el pago de que trata el artículo 814 del Estatuto Tributario que se suscriban a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley y hasta el treinta (30) de junio de 2023, la tasa de interés de mora será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario”.

Es decir que todo aquel que se quiera poner al día con sus impuestos distritales puede hacerlo con un 50% de descuento en sus intereses de mora y deberá cancelar la suma total antes del 30 de junio de 2023.

En este punto es importante tener en cuenta que, esta iniciativa incluye todo tipo de obligaciones distritales como: Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la gasolina, Delineación Urbana y los demás que recauda la ciudad.

50% de descuento en intereses de mora en impuestos

•    Opción 1: Pagando la totalidad de tus obligaciones; es decir, debes realizar la cancelación del ciento por ciento de la obligación que adeudas por cada periodo de liquidación. Esta opción aplica hasta el 30 de junio de 2023.
•    Opción 2: Solicitando una facilidad de pago que incluya todas tus deudas en mora por concepto de impuestos. Esta opción estuvo vigente hasta el 15 de mayo de 2023.

En caso de que requiera solicitar la opción con facilidad de pago deberá realizar el siguiente trámite: 

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•    El plazo para solicitar facilidad de pago, en el marco del Artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, estuvo vigente hasta el 15 de mayo de 2023.
•    Debes diligenciar el formato de solicitud y radicarlo en el correo electrónico radicacionhaciendabogota@shd.gov.co.
•    El solicitante debe adjuntar copia de los recibos oficiales de pago del 30% del total de las deudas de todos los impuestos en mora, independiente del tipo de impuesto, vigencias y periodos.
•    Si el deudor incumplió una facilidad de pago anterior con la Secretaría de Hacienda, esta no le será otorgada.
•    Los intereses de mora no se congelan y se siguen causando, por lo que harán parte de las cuotas pactadas.
•    El plazo máximo que otorgará la Administración será de un (1) año, a partir de la suscripción de la facilidad.
•    La solicitud no garantiza la aprobación del plazo, pues es facultativo de la Administración otorgarlo, previo cumplimiento de los requisitos.

Para más información se puede dirigir a la página oficial de la Secretaria Distrital de Hacienda en Bogotá

Fuente
Sistema Integrado Digital