Empresas no podrán despedir a sus empleados: Ley lo respalda
Empresas no podrán despedir a sus empleados: Ley lo respalda
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18 Feb 2025 09:31 PM

Empresas no podrán despedir a sus empleados: Ley lo respalda

Sophia
Salamanca Gómez
El empleado tendrá derecho a exigir su reintegro, junto al pago de salarios y prestaciones dejadas de recibir.

En Colombia, un trabajador puede ser despedido con o sin justa causa, pero si el empleador no tiene un motivo válido, debe pagar una indemnización que varía según el tipo de contrato y el tiempo trabajado.

Sin embargo, hay situaciones en las que no es posible despedir a un empleado, y en caso de ser injusto, el trabajador puede reclamar el monto que le corresponde o incluso el reintegro mediante asesoría legal o acudiendo a las entidades laborales competentes.

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Razones por las que empresas no pueden despedir a sus empleados

A pesar de la posibilidad general de despido, la ley en Colombia protege a ciertos trabajadores bajo el principio de estabilidad laboral reforzada.

Según la Corte Constitucional, esta se basa en el derecho a conservar el empleo y no ser despedido debido a una condición de vulnerabilidad.

Además, para proceder con un despido en estos casos, la autoridad laboral debe autorizarlo tras verificar que existe una causa objetiva no relacionada con las condiciones del trabajador. De lo contrario, el despido se considerará ineficaz.

De acuerdo con el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), la estabilidad laboral reforzada protege a los trabajadores en las siguientes situaciones:

1. Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia

La Ley 2441 de 2021 prohíbe el despido de mujeres gestantes o en periodo de lactancia sin una autorización previa del Ministerio de Trabajo que avale una justa causa.

2. Personas con discapacidad o en condición de debilidad manifiesta por motivos de salud

La Corte Constitucional ha establecido que esta protección no solo aplica a personas con una discapacidad certificada, sino también a aquellas cuya condición de salud impida o dificulte sustancialmente su desempeño laboral.

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3. Aforados sindicales

El artículo 406 del Código Sustantivo del Trabajo protege a los trabajadores que han fundado o forman parte de un sindicato. Esta norma también se aplica a servidores públicos, exceptuando a quienes ejerzan jurisdicción, autoridad civil, política o cargos de dirección y administración.

4. Madres o padres cabeza de familia

Según la Circular 040 de 2022 del Ministerio de Trabajo, la protección por ser cabeza de familia se extiende tanto a hombres como a mujeres que tengan a cargo la responsabilidad de hijos menores o de personas incapacitadas para trabajar.

5. Prepensionados

Los empleados que se encuentren a tres años o menos de cumplir los requisitos para acceder a la pensión de vejez también están protegidos. En Colombia, la edad de pensión es de 57 años para mujeres y 62 años para hombres.

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¿Qué pasa si un trabajador protegido es despedido?

Si un trabajador amparado por la estabilidad laboral reforzada es despedido sin autorización de la autoridad competente, el despido se considerará ilegal y el empleado tendrá derecho a exigir su reintegro, junto con el pago de salarios y prestaciones dejadas de percibir durante el tiempo que estuvo fuera de su cargo.

Aunque la mayoría de los trabajadores en Colombia pueden ser despedidos bajo ciertas condiciones, la ley establece protecciones específicas para algunos grupos, garantizando así su derecho al trabajo y evitando despidos arbitrarios.