Inmovilización de motos
Conductores inmovilizados podrán compartir pago de grúa
Fotografías enviadas por la comunidad de los comparendos a los vehículos eléctricos
11 Jul 2024 06:40 PM

En la juega: No se le pueden llevar la motico si comete estas infracciones

Dayan
Herrera
Tenga en cuenta que por cometer estas cinco infracciones ya no se le podrían llevar la moto.

Los retenes de tránsito y el aumento de comparendos en el país tienen como objetivo mantener el orden y la seguridad en las vías. Sin embargo, esta práctica ha generado controversias y debates sobre su eficacia y transparencia entre los ciudadanos.  

Estos puntos de inspección establecidos por la Policía de Tránsito tienen como objetivo de verificar el cumplimiento de las normas viales. Estos operativos buscan identificar y sancionar a conductores que cometen infracciones como conducir bajo la influencia del alcohol, exceso de velocidad, falta de documentos, o vehículos en mal estado, entre otros.   

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Por esta razón, las autoridades en los últimos años han decidido ser mucho más estrictos frente a las sanciones que les ponen a los motociclistas, debido a que las cifras de mortalidad por accidentes de tránsito e imprudencias de los conductores han ido en aumento.  

Es por ello que los senadores Alejandro Vega y Gustavo Moreno han promovido el proyecto de ley, que está a espera de sanción presidencial, para que en 5 infracciones cometidas por motociclistas no se les pueda inmovilizar su vehículo.  

Este proyecto, que muy pronto se convertirá en ley, busca que los conductores de moto se libren de la doble penalidad de la multa y la inmovilización y solo quedará la multa económica.  

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Se espera que esta ley modifique las siguientes infracciones:  

  • Transitar en sentido contrario de lo que dice la vía, calzado o carril. Tenga en cuenta que esta infracción tiene un valor de más de un millón de pesos (1.145.000).  

  • No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo o una señal de pare.  

  • Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores bermas, demarcaciones, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.  

  • Adelantar a otro vehículo en berma, tunel, puente, curva, pasos de nivel. 

  • Conducir realizando maniobras peligrosas e irresponsables que pongan en peligro la vida de las personas.  

Sin embargo, tenga en cuenta que esta pronta ley solo habla de las anteriores infracciones. Si a usted lo sorprenden sin Soat ni Técnico - Mecánica, los agentes de tránsito están en todo el derecho de inmovilizarle su moto.  

Sistema de multas de Tránsito: tipos y procedimientos  

El sistema de multas de tránsito en Colombia está regido por el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002). Este código establece las infracciones y las sanciones correspondientes, que pueden variar desde amonestaciones verbales hasta multas económicas y la inmovilización del vehículo.  

Las multas de tránsito se clasifican en varias categorías según la gravedad de la infracción. Algunas de las infracciones más comunes y sus respectivas sanciones son:  

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  • Conducir en estado de embriaguez: Esta es una de las infracciones más graves y conlleva multas elevadas, suspensión de la licencia de conducir y la inmovilización del vehículo. En casos reincidentes, las sanciones pueden incluir la cancelación definitiva de la licencia.  

  • Exceso de velocidad: Las multas por exceso de velocidad varían dependiendo de cuánto se exceda el límite permitido. Estas infracciones también pueden resultar en la suspensión de la licencia de conducir.  

  • Falta de documentos: No portar la licencia de conducir, el SOAT o la revisión técnico-mecánica al día puede resultar en multas y la inmovilización del vehículo hasta que se presenten los documentos requeridos.  

  • Conducir sin cinturón de seguridad: Esta infracción aplica tanto al conductor como a los pasajeros y es sancionada con una multa económica.        

Fuente
Sistema Integrado Digital