Adiós a las grúas: Nuevas reglas para la inmovilización de motos en Colombia
En Colombia, las motocicletas se han consolidado como uno de los medios de transporte más populares, representando el 60% del parque automotor, según cifras de la Secretaría de Movilidad. Su creciente presencia se debe a ventajas como la agilidad para sortear el tráfico, la exoneración de restricciones como el pico y placa y un costo de mantenimiento más económico en comparación con los vehículos de cuatro ruedas. Sin embargo, a pesar de estos beneficios, los motociclistas han sido víctimas de un trato desigual frente a otras modalidades de transporte, especialmente cuando se trata de infracciones de tránsito.
En este sentido, las sanciones por infracciones cometidas por motociclistas han sido un punto de controversia. En muchas ocasiones, las multas para los conductores de motos resultaban en la inmovilización del vehículo, una medida que no se aplicaba de la misma manera a los conductores de carros. Esta diferencia generaba un gasto adicional para los motociclistas, especialmente aquellos que dependían de su moto para trabajar y que se veían perjudicados por el costo de los patios, la grúa y el comparendo.
Para dar respuesta a esta problemática, el Congreso de la República aprobó una nueva ley que modifica el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito y establece cambios en las multas que anteriormente implicaban la inmovilización de las motocicletas. Con la aprobación de esta reforma, se busca lograr una mayor equidad entre los conductores de motos y los de vehículos, evitando que las motocicletas sean inmovilizadas por infracciones que no necesariamente impliquen un riesgo mayor.
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¿Cuáles infracciones ya no implicarán inmovilización de las motocicletas?
El Senador Gustavo Moreno, quien lideró la iniciativa, explicó los principales cambios en las sanciones. A partir de la reforma, ya no será motivo de inmovilización de la motocicleta por las siguientes infracciones:
- Estacionarse mal: Cuando la moto esté mal parqueada, ya no se procederá a su inmovilización.
- Circular en contravía: Las motos que circulen en sentido contrario a la vía, previamente causaban la inmovilización. Con la nueva ley, esto no ocurrirá.
- No detenerse ante semáforo en rojo o señalización: Las motos que no respeten las señales de tránsito, como semáforos en rojo o señales intermitentes, ya no serán objeto de inmovilización.
- Conducir sobre espacios no permitidos: Las infracciones por conducir sobre aceras, plazas, zonas peatonales o vías especiales para no motorizados, ya no implicarán que se inmovilice la moto.
- Adelantar en lugares prohibidos: El adelantar en curvas, túneles, puentes, pasos a nivel y cruces no regulados también se excluye de la medida de inmovilización.
- Maniobras peligrosas: Las maniobras altamente peligrosas o irresponsables que pongan en riesgo la vida de las personas o la seguridad del tráfico no darán lugar a la inmovilización del vehículo.
Con estos cambios, se busca reducir los costos adicionales que los motociclistas enfrentan, especialmente aquellos que dependen de su moto como herramienta de trabajo. El senador Moreno señaló que el 90% de los motociclistas en el país pertenecen a los estratos 1, 2 y 3, y muchos de ellos viven de su motocicleta. Por ello, la medida es vista como una forma de proteger a los ciudadanos más vulnerables, evitando que se vean aún más perjudicados por un sistema de sanciones que, en muchos casos, resultaba desproporcionado.
Fin de las "mafias" de grúas y patios
Otro de los aspectos destacados de la nueva ley es la intención de erradicar las prácticas abusivas de algunos operadores de grúas y patios. Según el senador, las motocicletas eran tratadas como si fueran vehículos de cuatro ruedas en cuanto al cobro de los costos por inmovilización, lo que llevaba a que los motociclistas tuvieran que pagar tarifas elevadas. Ahora, con la reforma, se espera que esta práctica se termine y que los costos sean más equitativos para los conductores de motos.
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Un paso hacia la igualdad
Con esta reforma, se busca crear un trato más justo y equilibrado entre los diferentes tipos de vehículos en las ciudades colombianas. El senador Moreno también hizo un llamado a los motociclistas para que sigan conduciendo con precaución y respeten las normas de tránsito, pues aunque la inmovilización ya no sea una sanción en muchos casos, las multas y los puntos en la licencia de conducción siguen siendo una posibilidad.
En resumen, la reforma a la Ley 2435, aprobada el 12 de noviembre de 2024, representa un avance en la búsqueda de una mayor equidad en la movilidad urbana, especialmente para los motociclistas, que finalmente ven aliviada una de las cargas más pesadas de las sanciones viales: la inmovilización de sus vehículos. Sin embargo, los conductores deberán seguir cumpliendo con las normas de seguridad y tránsito para evitar otros tipos de sanciones.