
En Colombia, muchas personas trabajan por cuenta propia, sin un contrato laboral formal, pero eso no significa que estén desprotegidas.
Quienes se desempeñan como independientes y cotizan al sistema de seguridad social tienen derecho a varios beneficios que, en muchos casos, se desconocen o se dejan pasar por alto. Conozca uno de los beneficios que muchas veces no se reclama.
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¿Cuál es la licencia que se paga por Ley a independientes?
La licencia de maternidad, es un derecho respaldado por la ley, que permite a las madres disfrutar de un periodo de descanso antes y después del parto, con el respaldo económico necesario.
Así como acceden a atención médica, pensión o incapacidades, las mujeres que trabajan por cuenta propia también pueden solicitar y recibir el pago de esta licencia, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la normatividad vigente.
Este derecho está protegido por el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 1822 de 2017 y los artículos 78 y 79 del Decreto 2353 de 2015.
¿En qué consiste la licencia de maternidad para trabajadoras independientes?
La licencia de maternidad es una prestación económica cubierta por el sistema de salud, que permite a la madre recuperarse y cuidar del recién nacido.
Este permiso cubre 18 semanas, o 20 semanas si el embarazo es múltiple, y a diferencia de las trabajadoras con contrato, en el caso de las independientes, la EPS es la encargada de pagar la licencia, no el contratante.
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¿Cuál es el valor?
- El pago no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente ($1.423.500).
- Si la mujer cotizó durante todo el embarazo, recibirá el 100% del pago.
- Si dejó de cotizar más de dos meses, el valor será proporcional al tiempo aportado.
Es decir, de 18 a 20 semanas recibiría aproximadamente entre 6 y 7 millones de pesos en total durante toda la licencia.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Si es trabajadora independiente y está embarazada, estos son los pasos a seguir para acceder a la licencia de maternidad:
- Afiliación y aportes al sistema de salud: debe estar afiliada como cotizante independiente y haber realizado los aportes correspondientes al periodo de gestación.
- Controles prenatales con la EPS: es clave asistir a los controles médicos, donde se definirá la fecha en la que debe iniciar la licencia.
- Radicar solicitud ante la EPS: debe entregar los siguientes documentos:
- Certificado médico con la fecha probable de parto y el día sugerido para iniciar la licencia.
- Registro Civil de Nacimiento o Certificado de nacido vivo.
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¿Dónde recibir asesoría?
Para obtener orientación y acompañamiento en el proceso, es posible acercarse a distintas entidades. Entre ellas están el Ministerio de Trabajo, la Personería Municipal del lugar de residencia o el consultorio jurídico de cualquier universidad cercana.
Estos espacios ofrecen asesoría gratuita y pueden ayudar a resolver inquietudes sobre los requisitos o pasos a seguir.