A mediados del año pasado, el Gobierno nacional hizo entrega de más de 160 mil subsidios para adquirir vivienda, mismo que siguen disponibles y que les permitirá a miles de familiar lograr el sueño de tener su propia casa.
La Secretaría del Hábitat a través del sistema financiero en complementariedad con el subsidio Mi Casa Ya y/o en concurrencia con las Cajas de Compensación Familiar, están destinados para que los hogares de menores recursos, puedan adquirir Vivienda de Interés Social (VIS) o de Interés Prioritario (VIP) en Bogotá.
Si cuentas con estos requisitos, puedes acceder:
- Contar con ingresos mensuales de hasta 4 SMLMV ($3.634.104).
- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
- No haber sido beneficiario de las coberturas de tasa de interés.
- Buscar acceder, a través de operaciones de crédito hipotecario o leasing habitacional, a una Vivienda de Interés Prioritario – VIP que no exceda los 90 SMMLV o de Interés Social - VIS que no exceda los 150 SMMLV.
- No estar reportado en las centrales de riesgo.
Una vez cumpla con lo anterior, estos son los pasos que deberá seguir luego:
- Visita la sala de ventas del proyecto VIS o VIP que te interese.
- Separa la vivienda con la constructora del proyecto elegido.
- Acércate al banco de tu preferencia.
- Solicita un crédito hipotecario, informando que quieres aplicar al Subsidio Distrital de Vivienda complementario al de ‘Mi Casa Ya’.
- Informa si cuentas con subsidio de la Caja de Compensación Familiar.
Es importante tener en cuenta que:
- El valor de la vivienda VIS no debe superar los 150 SMMLV ($136.278.900) y el valor de la VIP no debe superar los 90 SMMLV ($81.767.340). Estos valores son calculados con el SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) de 2021.
- Si el crédito hipotecario es aprobado, automáticamente se te asignarán los subsidios y, según el valor de la vivienda, tendrás una cobertura especial en la tasa de interés:
- 5 puntos porcentuales = cuando el valor de la vivienda no supere los 90 SMMLV
- 4 puntos porcentuales = cuando el valor de la vivienda sea superior a 90 SMMLV y de hasta 150 SMMLV