Niño jugando con un carro
La patria potestad por defecto la tienen ambos padres.
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3 Mayo 2022 10:49 AM

¿Qué es la patria potestad y cómo la puede perder alguno de los padres?

Johan Andrés
Castro Montaño
Entienda mejor en qué casos los padres de familia pueden obtener la patria potestad o incluso perderla.

Existe un mecanismo definido por la Ley como lo es la Patria Potestad, gracias a ella se reconocen los derechos que tienen los padres sobre sus hijos (incluso no emancipados) y a su vez los deberes que les corresponden en el cuidado y protección del menor de edad.

Para empezar, la patria potestad está definida en el artículo 288 del Código Civil colombiano, el cual establece lo siguiente: "La patria potestad es el conjunto de derechos que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos no emancipados, para facilitar a aquellos el cumplimiento de los deberes que su calidad les impone".

De esta manera, el padre de familia tendrá la posibilidad de administrar los bienes del menor de edad y de representarlo legalmente; a diferencia de la custodia, que implica directamente un cuidado permanente del niño.

Esta figura permite que los padres puedan estar a cargo del menor, independientemente de que estén casados o no. Esto también implica garantizar los derechos fundamentales de los niños como lo son la alimentación, tener una familia o la educación, derechos que están contemplados en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia.

¿Cómo se adquiere la patria potestad? 

La patria potestad se ejerce por parte de ambos padres de familia, respetando ante todo los derechos y la integridad tanto física como mental del menor. Sin embargo, también la puede ejercer uno de ellos en los siguientes casos: 

  • Por consentimiento tácito y expreso de uno de los progenitores. 
  • Cuando se evidencie ausencia o imposibilidad de uno de ellos. 
  • Si no hay acuerdo entre los progenitores, aquí se puede acudir a un juez para que él resuelva quién puede ejercer la patria potestad. 

¿Cuándo se pierde la patria potestad? 

La patria potestad se pierde cuando se evidencie alguna de las siguientes acciones:

  • Maltrato habitual 
  • Haber abandonado al hijo 
  • Depravación 
  • Estar privado de la libertad por un periodo superior a un año 
  • Haber utilizar al hijo para la comisión de un delito 

El artículo 311 del Código Civil colombiano establece que “la suspensión de la patria potestad deberá ser decretada por el juez con conocimiento de causa, y después de oídos sobre ellos los parientes del hijo y el defensor de menores”. La suspensión de esta figura puede ser definitiva o parcial en caso de que la causa por la que se revocó este derecho haya desaparecido.

En caso de que una persona necesite adelantar este proceso y no cuente con los recursos suficientes, puede acudir al Centro Zonal de Bienestar Familiar cercano a la dirección de residencia del niño para que un Defensor de Familia se haga cargo del trámite.

Fuente
Sistema Integrado Digital