El senador electo del Centro Democrático, Miguel Uribe, señaló que la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, debe aplicar inmediatamente el fallo que suspendió de manera provisional el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) que se adoptó mediante el decreto 555.
El congresista quien había demandado el plan, indicó que "esto no es una dictadura para no acatar lo que dice la Ley", al tiempo que celebró la decisión judicial.
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En ese sentido, Miguel Uribe explicó que el POT es arbitrario e ilegal y que con base en esos argumentos, el juez impuso una medida cautelar con la que suspendió el documento.
"Realmente lo que uno podría esperar es que la Alcaldía presente un recurso de reposición, en subsidio de apelación frente a la medida cautelar de la suspensión provisional del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Claudia López", dijo.
Añadió que "la expedición de ese decreto es ilegal y arbitraria y así lo confirma el juez quinto municipal... es importante decir que la suspensión se aplica de manera inmediata y si bien puede haber una apelación por parte de la administración distrital, se debe dar cumplimiento inmediato, es decir que queda suspendido a partir de mañana".
El congresista aseguró que "aquí no estamos en una dictadura y la Ley la tiene que cumplir la alcaldesa, Gustavo Petro y todos los colombianos... tenemos que garantizar que haya un debate de verdad frente a una decisión que afecta a los colombianos y toca dejar claro que el POT de Claudia López es completamente inconveniente para Bogotá".
(Audio) Miguel Uribe, congresista, sobre suspensión del POT en Bogotá.
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Cabe recordar que en las últimas horas, el juez quinto municipal administrativo oral del circuito judicial de Bogotá suspendió el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá, al haber admitido la demanda del exconcejal del Centro Democrático y senador electo, Miguel Uribe Turbay.
La decisión se dio tras revisar la demanda que interpuso Miguel Uribe, en la que argumentaba que al Concejo se le habían vencido los términos para debatir el POT, es decir, 90 días.
El funcionario judicial argumentó que “debe entenderse suspendido el término de los 90 días con el que cuenta el Concejo Distrital para hacer las revisiones y ajustes del caso al POT, hasta tanto, sean resueltos los impedimentos y recusaciones que hayan sido formulados”.
La Alcaldía de Bogotá podrá interponer el recurso de apelación ante la decisión y que frena temporalmente la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de la capital del país.