En la juega: ¿Empleados domésticos tienen derecho a la prima de mitad de año?
La prima de servicios es una prestación social que corresponde al pago de 30 días de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Normalmente, las empresas hacen el pago por semestres, uno a mitad de año y la otra al final.
Los empleadores tienen plazo de pagar la prima de mitad de año hasta el 30 de junio.
“El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”, dice el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
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¿Los trabajadores domésticos reciben prima?
El Código Sustantivo del Trabajo indica que “se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.
Esto quiere decir que los trabajadores domésticos sí reciben prima de servicios. Entre este tipo de empleados están los que realizan tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, jardineros, cuidadores de fincas, conductores de servicio familiar, niñeras y mayordomos.
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¿Cómo calcular la prima para empleados domésticos?
Para calcular la prima se debe realizar la siguiente fórmula: el salario por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si se laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas.