Trabajadores tendrán que tomar importante decisión sobre sus ahorros; no pierda su dinero
Los trabajadores colombianos que perciben un salario mensual superior a 3 millones de pesos tienen hasta el 16 de enero de 2025 para elegir un fondo privado de pensiones.
Esta medida, parte de la reforma pensional aprobada recientemente, es obligatoria para quienes ganan más de 2,3 salarios mínimos, lo que equivale aproximadamente a $2.990.000 en 2024. Si no se realiza esta elección, el Gobierno asignará automáticamente un fondo, lo que podría afectar la gestión futura de sus ahorros pensionales.
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¿Qué establece la Ley?
La reforma establece que todos los trabajadores formales deben cotizar a Colpensiones y, dependiendo de su salario, una parte de sus aportes se destinará a un fondo privado. Las opciones disponibles son Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia, aunque la normativa abre la posibilidad a más administradoras en el futuro.
La elección del fondo es crucial, ya que este será responsable de gestionar el excedente de los aportes pensionales y garantizar un crecimiento adecuado del ahorro para la jubilación.
¿Cuáles son las consecuencias de no elegir el fondo de pensiones?
Si un trabajador no selecciona un fondo antes del plazo establecido, sus aportes serán asignados aleatoriamente por el Gobierno. Esto significa que perderá el control sobre la entidad que administrará su pensión, lo cual podría complicar futuros cambios o traslados entre fondos.
Aunque la ley permite realizar cambios cada seis meses, es recomendable tomar una decisión informada y anticipada para evitar inconvenientes y asegurar que los recursos estén gestionados por una entidad que se ajuste a sus necesidades.
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El proceso para elegir el fondo es sencillo y puede realizarse completamente en línea. Los trabajadores solo deben contactar a la administradora elegida y completar su inscripción a través de los canales digitales o telefónicos disponibles.
Es vital que los trabajadores con ingresos superiores a 3 millones de pesos actúen con prontitud y elijan su fondo privado antes del 16 de enero de 2025. La falta de acción podría resultar en una asignación aleatoria que no refleje sus preferencias ni necesidades financieras futuras.