Comerciantes afectados: plataforma de trámites clave está fuera de servicio
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) enfrenta una nueva prueba de fuego que afecta a miles de empresas y contribuyentes en el país. Con la implementación obligatoria de este importante documento, los comerciantes están preocupados por no poder acceder a servicio clave.
Le puede interesar: Gobierno le dejaría de invertir a subsidios: Estos serán los únicos beneficiados en 2025
Con la Resolución 0165 de 2023 esta entidad adscrita al Ministerio de Hacienda comenzó a implementar la facturación electrónica obligatoria en Colombia para todos los comercios del país.
Esta medida, diseñada para fortalecer el control fiscal y mejorar la eficiencia en la recolección de impuestos, ha generado un gran temor entre los pequeños y medianos empresarios, quienes se enfrentan a duras sanciones en caso de no cumplir con la nueva normativa.
¿Cuál es el fallo que presenta?
En un comunicado de la DIAN explicaron que desde el 9 de enero presentan intermitencias en el servicio de facturación electrónica.
Este problema, derivado de un fallo regional en la plataforma de su proveedor tecnológico, ha generado retrasos en la generación de facturas, impactando directamente las operaciones comerciales y fiscales de diversos sectores.
El uso de la factura electrónica, ha transformado la forma en que se registran y supervisan las transacciones comerciales. Sin embargo, fallos como este destacan la necesidad de fortalecer la infraestructura tecnológica y la comunicación con los usuarios para sus procesos fiscales.
Lea también: ¿Cuál es el auxilio que entregará Colpensiones en 2025? Le darán hasta $14'000.000
¿Qué solución da la entidad?
En cumplimiento de la Resolución 0165 de 2023, la DIAN ha habilitado la modalidad de “Inconveniente Tecnológico Tipo (04)” como medida temporal.
Esta opción permite a los responsables de facturar continuar sus operaciones, asegurando que las actividades comerciales no se vean completamente interrumpidas.
Una vez superada la contingencia, los responsables deberán transmitir las facturas generadas bajo esta modalidad a la DIAN en un plazo máximo de 48 horas.
Sin embargo, continúa trabajando de la mano con su proveedor tecnológico para resolver la intermitencia y restablecer completamente el servicio en el menor tiempo posible.
Le puede interesar: Revelan cómo ganar platica fácil en 2025: planifique su año y cumpla sus metas sin endeudarse
¿Qué es y quienes están obligados a facturar electrónicamente?
Este documento es una evolución de la factura tradicional en papel, con la misma validez legal, pero con el beneficio de ser generada, validada, expedida, recibida, rechazada y conservada de manera digital.
Este formato no solo facilita la trazabilidad de las transacciones de venta de bienes y servicios, sino que también optimiza los procesos tributarios al convertirse en soporte oficial de dichas transacciones.
De acuerdo con el artículo 1.6.1.4.2 del Decreto 1625 de 2016, los siguientes sujetos están obligados a expedir factura de venta y/o documentos equivalentes:
- Responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y del Impuesto Nacional al Consumo.
- Comerciantes, profesionales liberales, prestadores de servicios inherentes a estas profesiones, y vendedores de bienes agrícolas o ganaderos, salvo las excepciones previstas en el Estatuto Tributario.
- Prestadores de servicios a consumidores finales y tipógrafos y litógrafos no responsables del IVA.
- Contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación (SIMPLE).
Se invita a los responsables tributarios a mantenerse atentos a los comunicados oficiales para cualquier actualización sobre esta situación.