Alcaldía de Galán entregará subsidio
Alcaldía de Galán entregará subsidio
Composición | Colprensa
21 Dic 2024 11:53 AM

Galán anuncia cupos de subsidio clave: papás ahorrarán platica y dolores de cabeza; inscribirse es fácil

Sophia
Salamanca Gómez
Los beneficios de esta convocatoria duran todo un año y le quitará importante carga a muchos padres.

El gobierno de Bogotá, bajo el liderazgo del alcalde Carlos Fernando Galán, ha implementado este año una serie de incentivos y ayudas sociales para atender las necesidades de los sectores más vulnerables de la ciudad.

Entre estos, destacan los subsidios de vivienda, alimentación y apoyo a la educación, sin embargo, este final de año cierra con uno de los que será uno de los subsidios más importantes para el próximo año: el Programa de Movilidad Escolar 2025.

La Secretaría de Educación de Bogotá ha abierto esta convocatoria para el 2025, una iniciativa que facilita el acceso y la permanencia de niñas, niños y adolescentes en el sistema educativo.

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¿Cómo acceder a este beneficio?

Este programa, liderado por la Dirección de Bienestar Estudiantil, ofrece rutas escolares y subsidios de transporte, y está dirigido principalmente a las familias más vulnerables, con el objetivo de superar las barreras económicas y sociales que dificultan la educación.

Hasta el 17 de enero de 2025, los padres de familia podrán inscribir a sus hijos en este programa. Para los estudiantes antiguos, sus padres deben actualizar sus datos en el siguiente enlace para continuar recibiendo el beneficio, mientras que los nuevos estudiantes podrán acceder a este una vez formalicen su matrícula escolar.

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Requisitos para los beneficiarios

Para acceder a este programa, los estudiantes deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estar matriculado en un colegio oficial de Bogotá para el calendario académico 2025.
  • Residir en Bogotá, específicamente en zonas rurales o en Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ) con déficit de cupos escolares.
  • Cumplir con las distancias mínimas de recorrido peatonal:
    • Más de 1 km para estudiantes de primera infancia o con discapacidad.
    • Más de 2 km para estudiantes de primaria y secundaria.
  • Estar inscrito en la jornada diurna. En caso de jornada nocturna, solo los estudiantes con discapacidad serán elegibles para el beneficio.
  • Tener una edad menor a 19 años. Aunque con previa verificación, el beneficio podrá ser otorgado a jóvenes y adultos en situación de vulnerabilidad o con discapacidad.
  • Estar cursando desde pre jardín hasta grado 11°, incluyendo estudiantes en procesos de aceleración del aprendizaje.

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Duración y condiciones del beneficio

El beneficio se otorga por un año escolar, sujeto a revisiones periódicas de asistencia y permanencia. Las faltas justificadas deben ser soportadas ante el colegio, y en caso de subsidios, se descontará el valor diario por inasistencia. Además, debe cumplir con ciertas obligaciones:

  • Asistir regularmente al colegio.
  • Informar cambios de residencia o institución educativa.
  • Presentar excusas justificadas en caso de inasistencia.

La asignación del beneficio será notificada mediante mensajes de texto, correo electrónico y en la página web de la Secretaría de Educación. El incumplimiento de requisitos puede generar la suspensión o anulación del beneficio.

Fuente
Alerta Bogotá