¡Pilas conductores! Este es el punto de la ciudad donde más fotomultas se sacan al día
Las fotomultas tienen como objetivo hacer un control de la movilidad en la ciudad de Bogotá, estas cámaras que se encuentran ubicadas en diferentes avenidas y calles de la capital detectan a diario distintas infracciones que comenten los conductores de vehículos y motocicletas.
Por tal motivo estos dispositivos se han convertido en un problema constante para los distintos ciudadanos que transitan en su medio de transporte y más cuando comenten una infracción por que el valor a pagar por consecuencia de esto sobre pasa muchas veces las tarifas establecidas y el calvario no acaba ahí, porque aparte de pagar el monto, los conductores deben asistir a los cursos pedagógicos que exige también la secretaría de movilidad.
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El periodista Juan Diego Alvira en conjunto con el presidente de la Asociación Fundación Motocultura Miguel Forero, detectaron cual es el punto de la ciudad donde se encuentra la cámara que más fotomultas saca en la capital colombiana.
Este punto se encuentra en el Movistar Arena donde frente al escenario de espectáculos está ubicada una” cámara salvavidas” que según el cálculo hecho por Miguel Forero en promedio por minuto se hacen entre siete infracciones por exceso de velocidad, en una hora se detectan 180 vehículos con infracción; en solo un día, la cámara detecta a 4.324 vehículos infractores.
Para muchos capitalinos y sobre todo para los principales miembros de asociaciones y gremios de transporte, las más de 172 “cámaras salvavidas” que encuentran instaladas sigilosamente en varios puntos de Bogotá, no representan ninguna ayuda para prevenir siniestros viales, más bien es una “caja registradora” para la administración del distrito.
Cabe resaltar que por el decreto 126 del 10 de mayo de 2020, la alcaldía mayor de Bogotá estableció el punto límite máximo de velocidad en la ciudad en 50 km/h para la circulación de todos los vehículos.
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Las sanciones por exceso de velocidad en la capital colombiana están establecidas en la Resolución 3027 del 26 de julio de 2010 en conformidad a lo establecido en la Ley 1383 de 2010:
El código C05 el no reducir la velocidad a 30 kilómetros por hora en los siguientes casos: a) En lugares de concentración de personas y en zonas residenciales; b) En las zonas escolares en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa; c) Cuando se reduzcan las condiciones de visibilidad; d) Cuando las señales de tránsito así lo ordenen; e) En proximidad a una intersección; f) Cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros; tiene una multa de $447.700.
El código C29 conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida, la cual deberá estar señalizada en forma sectorizada, no obstante, esta no podrá ser superior a: a) En vías urbanas del Distrito o Municipio respectivo a una velocidad superior a los 80 kilómetros por hora; b) En las vías urbanas, los vehículos de servicio público, de carga y de transporte escolar, a una velocidad superior a sesenta (60) kilómetros por hora; tiene una multa de $447.700.
El código D10 conducir un vehículo para transporte escolar con exceso de velocidad. En las vías urbanas, la velocidad no podrá ser superior a sesenta (60) kilómetros por hora y siempre y cuando se encuentre debidamente señalizada; tiene una multa de $895.000.