Propietarios no le subirían al arriendo: Ley cuida el bolsillo a inquilinos
Propietarios no le subirían al arriendo: Ley cuida el bolsillo a inquilinos
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20 Mar 2025 08:52 AM

Propietarios no le subirían al arriendo: Ley cuida el bolsillo a inquilinos

Sophia
Salamanca Gómez
Si el arrendador no le informa al inquilino sobre este cambio, no estará obligado a pagarlo.

El costo de los arriendos tiende a subir con el tiempo, pero estos incrementos tienen condiciones que deben cumplirse. La ley protege su bolsillo siempre y cuando se respeten la norma. Conocer estas reglas le ayudará a evitar cobros indebidos y a exigir que se cumplan sus derechos.

¿Cuánto pueden subirle el arriendo en 2025?

De acuerdo con la legislación vigente, el aumento anual del arriendo está sujeto al Índice de Precios al Consumidor (IPC), el cual cerró en 5,2 % para el 2025. Esto significa que ningún arrendador puede exigir un incremento superior a este porcentaje.

Este ajuste tiene como objetivo mantener un equilibrio entre la inflación y la protección de los derechos tanto de arrendadores como de inquilinos.

Además, la Inflación anual a febrero de 2025 cerró en 5,2 % y los arriendos, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en Bogotá subieron 1,1% con relación al año pasado.

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¿Cuándo se puede aplicar el aumento?

Según el Artículo 20 de la Ley 820 de 2003, el ajuste solo puede hacerse cuando se cumplan 12 meses de vigencia del contrato con el mismo canon de arrendamiento.

Esto significa que el arrendador no puede incrementar el valor sin respetar el tiempo estipulado en el contrato. Adicionalmente, el aumento no puede exceder el 100 % del incremento del IPC registrado el año anterior al reajuste.

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¿Cómo calcular el incremento?

El cálculo es sencillo de realizar. Se debe multiplicar el valor actual del arriendo por el porcentaje correspondiente al IPC.

Por ejemplo, si usted paga $2.000.000 mensuales de arriendo, el incremento máximo será de $104.000, por lo que el nuevo valor mensual quedaría en $2.104.000.

Es importante verificar que el aumento no supere este límite para evitar cobros extras.

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Notificación obligatoria

El arrendador tiene la obligación de notificar al inquilino sobre el nuevo valor y la fecha de inicio del ajuste. Este aviso debe enviarse a través de correo postal o mediante el mecanismo acordado en el contrato.

Si el arrendador no informa debidamente sobre el incremento, el inquilino no está obligado a pagarlo. Sin embargo, si acepta el nuevo valor y realiza el pago sin reclamar, no podrá exigir la devolución del dinero después.

Conocer sus derechos como inquilino le evitará sorpresas. Antes de aceptar un aumento en su arriendo, verifique que esté dentro del rango permitido y que se haya comunicado de manera formal. No se deje engañar y exija el cumplimiento de la normativa vigente para proteger su bolsillo.