Con el paso histórico de la selección Colombia a la final de la Copa América, la emoción en el país está al máximo. El próximo domingo 14 de julio, Colombia se enfrentará a Argentina en un partido que promete ser inolvidable. En respuesta a este acontecimiento, el presidente Gustavo Petro anunció en rueda de prensa que el lunes 15 de julio será declarado día cívico, independientemente del resultado del partido.
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En su anuncio, el presidente expresó: “La selección Colombia es unidad del pueblo colombiano, así que el día lunes, día de la Victoria. Se festejará con un día cívico que pensemos como el día de la Unidad del Pueblo colombiano. Que las empresas públicas y privadas, las instituciones públicas y privadas, permitan que la gente se quede en su casa, reflexione, no tome mucho trago, pueda bailar, estar alegre, festejar con sus novias, novios, amigos, amigas, compañeros y podamos pensar en que sí es posible la unidad del pueblo colombiano. Sobre todo esto ganado.”
Este anuncio ha generado muchas preguntas entre los colombianos, especialmente sobre la diferencia entre un día cívico y un día festivo. Para aclarar estas dudas, Alerta Bogotá consultó al abogado Jackson Peláez, quien explicó las diferencias desde el punto de vista jurídico.
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¿Es un día cívico igual que un día festivo?
La respuesta es no. En Colombia, los días cívicos y los días festivos son diferentes tanto en su origen como en su impacto legal y laboral.
Días Festivos
- Establecidos por Ley: Los días festivos están definidos por la ley y son reconocidos oficialmente en el calendario nacional.
- Descanso Remunerado: Estos días son de descanso remunerado para todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado.
- Recargos: Los trabajadores del sector privado que deben laborar en días festivos reciben recargos adicionales, según lo estipulado por el Código Sustantivo del Trabajo.
- Ley 51 de 1900: Algunos días festivos que caen entre semana se trasladan a los lunes para facilitar un descanso extendido.
Días Cívicos
- Decretados por Autoridades: Los días cívicos no están establecidos por ley. Son declarados mediante decretos del Gobierno Nacional, gobernaciones o alcaldías.
- Sector Público: Estos días aplican principalmente para los trabajadores del sector público. En estos días, es común ver instituciones públicas cerradas, incluyendo colegios y oficinas gubernamentales.
- Voluntario para el Sector Privado: Para el sector privado, otorgar un día cívico es opcional. Las empresas no están obligadas a dar el día libre a sus empleados, y si se trabaja, no hay recargos adicionales.
- Jackson Peláez enfatiza: "Un día cívico es un reconocimiento simbólico y de carácter especial, pero no tiene las mismas implicaciones legales que un día festivo."
Con esto en mente, los colombianos pueden disfrutar del día cívico el 15 de julio, pero deben estar conscientes de que, a diferencia de un día festivo, no necesariamente tendrán el día libre remunerado, especialmente aquellos que trabajan en el sector privado.
La selección Colombia nos ha dado un motivo para celebrar y unirnos como nación, y aunque no todos disfrutarán de un día libre, el espíritu de unidad y celebración prevalecerá.