Contrato que tienen muchos trabajadores cambiaría: Tendrá más beneficios
La reforma laboral propuesta por el Gobierno Nacional, liderado por el presidente Gustavo Petro, avanza significativamente en el Congreso de la República. Cerca del 40% de los artículos del proyecto de ley han sido aprobados por la Cámara de Representantes, generando expectativas de una pronta aprobación.
Entre los aspectos más relevantes se encuentran las modificaciones a los contratos a término fijo y de obra o labor terminada, con el objetivo de brindar mayor estabilidad y protección a los trabajadores en el país.
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¿Cómo cambiarían los contratos a término fijo?
El artículo 6 de la reforma laboral propone modificaciones sustanciales a los contratos a término fijo, estableciendo nuevas condiciones para su celebración y prórrogas.
La duración de estos contratos podrá ser superior a un mes, con un límite máximo de tres años. Esto amplía el tiempo de vinculación para los trabajadores, ya que generalmente estos contratos se renuevan anualmente.
Asimismo, se establecen dos tipos de prórrogas. La prórroga pactada permite que, si el contrato inicial es inferior a un año, las partes puedan acordar prórrogas cuantas veces consideren necesario. Sin embargo, tras la tercera prórroga, el contrato no podrá renovarse por un período inferior a un año ni superior a tres años.
La prórroga automática se aplicará si ninguna de las partes manifiesta su intención de terminar el contrato al finalizar su vigencia, renovándose automáticamente por un período igual al pactado inicialmente. Al igual que en la prórroga pactada, la duración total del contrato no podrá exceder los tres años.
Además, si el contrato a término fijo no cumple con las condiciones o requisitos establecidos en la ley, se considerará un contrato a término indefinido desde el inicio de la relación laboral. Esta medida busca proteger a los trabajadores en situaciones contractuales irregulares.
La reforma también introduce cambios importantes en los contratos de obra o labor terminada. Este tipo de contrato debe tener una duración determinada, establecida por escrito al inicio.
Si el trabajador continúa desempeñándose en sus labores una vez finalizada la obra o labor pactada, o si se incumplen las condiciones del contrato, este se considerará un contrato a término indefinido desde el inicio de la relación laboral. Esta disposición busca evitar que las empresas se aprovechen de este tipo de contrato para exigir a los trabajadores labores que no corresponden a la obra o labor pactada. En caso de que esto suceda, el trabajador podrá exigir el reconocimiento de un contrato a término indefinido.
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Independientemente del tipo de contrato, la reforma laboral garantiza que los trabajadores bajo la modalidad de término fijo o de obra o labor terminada tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales, en proporción al tiempo trabajado.