¿Cuál es la edad y las semanas que debe cumplir para pensionarse?
Las empresas en Colombia están obligadas a contribuir con la seguridad social de sus empleados, que se ve reflejado en el pago de la salud y la pensión.
No obstante, las personas deben recordar que no necesitan tener un contrato formal, pues pueden solicitar este proceso de manera independiente e iniciar un ahorro para eventos de invalidez física, vejez e incluso asegurar a la familia en caso de fallecimiento (sobreviviente).
El Sistema General de Pensiones en Colombia está regulado por dos factores que son: El Régimen de Prima Media (Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual (fondos privados), pero estar afiliado a cualquiera de los dos, implica ciertas condiciones en cuanto a la edad y tiempo para adquirir la pensión.
¿Cuántas semanas y qué edad debo tener para pensionarme?
La edad para pensionarse en cualquier entidad, en el caso de las mujeres es de 57 años y de los hombres de 62 años.
En el Régimen de Prima Media (Colpensiones), se debe acreditar 1.300 semanas mínimas de cotización. Los pensionados recibirán mes a mes lo que devengaron en su último sueldo.
Por otro lado, en el Régimen de Ahorro Individual lo que prima es la rentabilidad de los aportes y el capital existente en la cuenta de ahorro individual. Si el afiliado no cuenta con el ahorro requerido, puede demostrar que, tiene como mínimo 1.150 semanas, en lo que la empresa contratante deberá apoyar a su cliente con el valor restante para asegurarlo por un salario mínimo legal vigente.
¿Desde qué edad puedo afiliarme para recibir pensión?
Los interesados en aportar a este requisito, pueden hacerlo desde los 18 años hasta los 47, en caso de las mujeres, y 52 para los hombres ya que, según lo reglamentado por la ley se impide el traslado de régimen cuando al afiliado le falten 10 o menos años para cumplir la edad de pensión.
¿Qué pasa si cumplo con la edad, pero no con los requisitos para pensionarme?
En el caso de no cumplir con el tiempo de cotización exigido por las empresas privadas que son 1.150 semanas, el afiliado puede solicitar la devolución de saldos, en la que se le devolverá el valor que ahorró.
Si cotizó en Colpensiones y ya cumple con la edad, pero no con las 1.300 semanas y por ningún motivo puede seguir con el pago de ello, puede recurrir a la indemnización sustitutiva en la que le devuelven parte de los aportes realizados.
¿Cuánto tiempo debo esperar para trasladarme de régimen pensional?
En el caso de estar afiliado con una empresa privada y requerir el traslado para Colpensiones que es del Estado, el interesado debe demostrar que lleva más de cinco años en Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), para el caso contrario aplican los mismos términos.
Hay que tener en cuenta que, si es mujer y ya cumplió 37 años, y si es hombre y tiene 42, debe solicitar la doble asesoría con ambos regímenes.
Recuerde que, escoger el régimen es de suma importancia porque determina las condiciones económicas con las que se va a pensionar, además hay entidades que por estar afiliados con ellos dan descuentos para estudiar y en tiendas de alimentos y ropa.
Para tener en cuenta
La pensión en Colombia es todo un privilegio, ya que según informes del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) para el 2021 el 47,7 % de la población está en la informalidad, esto ocurre sobre todo en las 23 principales ciudades del país y áreas metropolitanas.
Lo anterior obedece que, la pandemia creó una grave recesión económica donde muchas empresas cerraron o en su defecto recortaron personal y volvieron sus operaciones en temática digital y tecnológica, lo que causa desempleo sobre todo para la población joven; por ello se sugiere que, se haga esta diligencia lo más antes posible, así no este contratado por una empresa.
¡Es un mito! La verdad es que todos los que sean juiciosos cotizando lograrán una pensión, entre más temprano arranquemos mayor probabilidad de pensión tendremos.
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— Porvenir Pensiones y Cesantías (@PorvenirOficial) March 22, 2022