Dan alivio para personas que viven en arriendo: Les pueden dar una muy buena plata
Estadísticas que arrojo el Dane, reveló que el 40,2% de la población en el país viven en arriendo, mientras que el 34,9% viven en casa o apartamento propio. Por eso, antes este panorama, hay muchos arrendatarios en todo el territorio nacional, que deben conocer los derechos a los que puede acceder y sobre todo, a las indemnizaciones que le pueden otorgar en algunos casos.
Alquilar una vivienda debe hacerse bajo un contrato el arrendamiento, el cual se rige bajo la Ley 820 del año 2003.
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Dentro de esta norma reposan varios motivos por los cuales un arrendador, tanto inmobiliaria como persona natural, puede dar por culminado este contrato. Entre estos, está el no pagar arriendo, subarrendar la propiedad, ceder el contrato, no pagar servicios públicos, hacer mejoras sin autorizaciones o en dado caso que el arrendador necesite ocupar el inmueble.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que para el arrendatario como para la persona que toma el arriendo, el tiempo para dar aviso sobre la terminación del contrato es de tres meses. En dado caso que este avise ocurra en un tiempo menos, es donde se deben aplicar las indemnizaciones.
Es así, que los arrendatarios que les notifiquen la terminación del contrato en un plazo menor al estipulado podrán hacer la reclamación de la indemnización, que es una suma importante de dinero que puede cambiar depende del acuerdo que haya en el contrato.
A pesar de esto, la ley contempla que esta debe ser, por lo menos, de tres meses de arriendo, por lo que si una persona paga $900.000 del canon de arriendo, el arrendador deberá darle 2.700.000 pesos por el incumplimiento.
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Es importante destacar que los arriendos tendrán una subida para el 2024, teniendo en cuenta que el aumento del IPC se aplicará en casi todos los precios.