¿Inquilinos están obligados a ir a Asamblea en conjuntos residenciales?
La Asamblea de copropietarios es una reunión a la que los propietarios están obligados a asistir, ya que está regida por la Ley de Propiedad Horizontal. Esta asamblea requiere un número mínimo de asistentes para poder tomar decisiones que afecten o beneficien al conjunto residencial.
Sin embargo, un aspecto importante a destacar es que no solo los titulares del inmueble pueden participar, sino también los arrendatarios, quienes tienen derecho a asistir y ser partícipes en estos espacios. Esto es relevante porque en estas reuniones se discuten y deciden temas como el uso de las zonas comunes, las cuotas de administración y otros aspectos que afectan directamente a todos los habitantes.
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Según la sentencia C-318 de 2002 de la Corte Constitucional y la Revista de Propiedad Horizontal, los inquilinos tienen la facultad de hacer peticiones y obtener una pronta resolución a los asuntos que les afecten. Estas solicitudes pueden realizarse directamente o a través de representantes.
¿Con cuántos días de anticipación se debe citar a la asamblea?
De acuerdo con la Ley 675 de 2001, para evitar molestias por la falta de aviso, se debe notificar a los vecinos con al menos 15 días calendario de anticipación sobre la realización de la asamblea de copropietarios. Esto asegura que todos los involucrados tengan suficiente tiempo para organizar su participación.
¿Qué pasa si no asisto a la asamblea?
La inasistencia a estas asambleas puede tener consecuencias legales. No obstante, para que se impongan sanciones a los ausentes, es necesario que el reglamento de propiedad horizontal contemple claramente cuáles son las amonestaciones por faltar. Según el Ministerio de Justicia, si la falta no está especificada en el reglamento, no se puede aplicar ninguna sanción.
¿Administradores pueden restringir uso de áreas comunes?
Recientemente, se presentó un caso en el que un administrador restringió el uso de zonas comunes, como ascensores, piscinas y zonas verdes, a un propietario que debía 14 cuotas de administración. El propietario argumentó que esta medida era ilegal, ya que el administrador debería limitarse a cobrar los intereses de mora o iniciar un proceso ejecutivo, sin restringir el acceso a las áreas comunes.
¿Cuáles zonas comunes pueden restringirse?
El uso de la piscina es uno de los ejemplos más mencionados, ya que no se considera un derecho esencial, por lo que su restricción es legal. Sin embargo, los administradores no pueden interferir con derechos esenciales como el acceso a la vivienda o el derecho a recibir correspondencia.
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¿Qué debería hacer el administrados en estos casos?
- Establecer un diálogo con los propietarios morosos para entender su situación y buscar soluciones de pago.
- Ofrecer opciones como ferias de cartera o acuerdos de pago para evitar conflictos.
- Evitar exponer públicamente al deudor, respetando su derecho al buen nombre.
- Si no hay otra alternativa, iniciar procesos ejecutivos conforme a la ley.
Estas medidas buscan mantener la estabilidad financiera de las copropiedades sin comprometer los derechos fundamentales de los residentes.