
Para muchos colombianos, las mascotas son una parte fundamental de su vida y su núcleo familiar. Sin embargo, al momento de alquilar una vivienda, algunos se enfrentan a restricciones impuestas por los arrendadores, quienes prohíben la presencia de animales en los inmuebles. Lo que pocos saben es que estas restricciones no pueden aplicarse de manera absoluta, pues existen normativas que protegen el derecho de los ciudadanos a tener mascotas en residencias arrendadas.
La ley protege a los inquilinos con mascotas
La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-035 de 1997, ha sido enfática al señalar que la tenencia de mascotas es un derecho vinculado al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad. Sin embargo, este derecho no es ilimitado, ya que debe armonizarse con las normas de convivencia y los derechos de los demás residentes.
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Por lo tanto, un arrendador no puede prohibir arbitrariamente la presencia de animales de compañía en su propiedad si esta se encuentra dentro de un conjunto residencial. No obstante, cada copropiedad puede establecer reglamentos internos para regular la tenencia de mascotas, siempre que estos sean aprobados en la asamblea de copropietarios.
La Ley 675 de 2001 regula la tenencia de mascotas
La Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal en Colombia, contempla disposiciones sobre la convivencia con animales de compañía. Esta norma establece que no se puede prohibir la tenencia de mascotas en un contrato de arrendamiento, ni exigir pagos adicionales por su presencia en la vivienda.
Además, la ley permite que los animales usen ascensores y zonas comunes, siempre que se cumplan las condiciones de seguridad e higiene. Los dueños deben garantizar el control adecuado de sus mascotas, asegurándose de que usen correa y, cuando sea necesario, bozal.
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¿Qué hacer si hay conflictos por mascotas en arriendo?
Si surgen conflictos entre inquilinos, administradores, vecinos o arrendadores por la presencia de mascotas en un conjunto residencial, lo primero es acudir a la administración del edificio para buscar una solución. Si el problema persiste y la tenencia del animal afecta la convivencia, se puede recurrir a la Policía Nacional para hacer valer las normas de la copropiedad.
Por otro lado, es crucial que tanto arrendadores como arrendatarios conozcan sus derechos y deberes, evitando conflictos innecesarios y promoviendo una convivencia armoniosa. La clave está en el respeto mutuo y en la tenencia responsable de los animales de compañía, sin que estos afecten el bienestar de la comunidad.