Dinero adicional que pueden recibir pensionados por la mesada 14 en la reforma pensional
Dinero adicional que pueden recibir pensionados por la mesada 14 en la reforma pensional.
Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio
31 Mayo 2024 03:43 PM

Pensionados tendrían beneficio de plata extra y algunos ni por enterados

Óscar
Barrero
Este beneficio para los pensionados les generará mucho más ingresos del que ya reciben.

El sistema pensional del país se estableció mediante la Ley 100 de 1993. En ella, se incluía el pago de 13 mensualidades a los pensionados, conocidas como mesadas.

No obstante, este artículo fue modificado con el objetivo de incluir un pago adicional para mejorar los beneficios de los pensionados. Se trata de la mesada 14, una prestación equivalente a un salario mensual adicional, establecida en el artículo 142 de la Ley 100, que buscaba beneficiar a los pensionados de menores ingresos.

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El acceso a la mesada 14 no era para todos los pensionados del territorio nacional. Para recibir este beneficio, los pensionados debían cumplir con ciertos requisitos, destacándose que el beneficiario no podía recibir pensiones superiores a quince salarios mínimos mensuales vigentes, y debía cumplir con ciertos periodos de tiempo bajo las siguientes condiciones:

  1. Pensionados antes del 25 de julio de 2005: Estos pensionados tenían derecho a la mesada 14 sin importar el monto de su pensión.
  2. Pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: En este caso, la pensión debía ser inferior a 3 salarios mínimos mensuales para acceder al beneficio.

Sin embargo, el Acto Legislativo 01 de 2015 derogó la mesada 14 para la mayoría de los pensionados, aunque estableció una excepción para aquellos que ya habían adquirido el derecho a este beneficio antes de su derogación. Así, los pensionados que cumplían con las condiciones mencionadas anteriormente siguieron recibiendo la mesada 14 hasta el año 2011.

En la actualidad, solo un grupo reducido de pensionados sigue recibiendo la mesada 14. Se trata de aquellos que:

  1. Adquirieron el derecho antes del 31 de julio de 2011: Estas personas deben cumplir con las condiciones de pensión establecidas en cada periodo (antes o después del 25 de julio de 2005).
  2. Pensionados de Colpensiones y fondos privados: La mesada 14 aplica tanto para pensionados del régimen público (Colpensiones) como del régimen privado (fondos de pensiones).

En el proyecto de la reforma pensional, que está a un paso de convertirse en ley, el Gobierno Nacional, encabezado por el presidente Gustavo Petro, ha anunciado la posibilidad de revivir la mesada 14 para todos los pensionados, restableciendo este beneficio como un derecho para quienes han logrado la pensión.

La propuesta de revivir la mesada 14 ha generado diversas opiniones. Los defensores de la iniciativa argumentan que la mesada 14 representaría un alivio económico importante para los pensionados con pensiones más bajas y también estimularía la economía al dinamizar el poder adquisitivo de los beneficiados.

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El futuro de la mesada 14 aún es incierto. La propuesta del Gobierno se encuentra en fase de discusión en la Cámara de Representantes y aún no se ha definido si se aprobará o no. Las diferentes posturas y los argumentos a favor y en contra de esta iniciativa serán claves para determinar el desenlace de esta discusión.