Ley le frena práctica a comerciantes: factura no es necesaria en este caso
Ley le frena práctica a comerciantes: factura no es necesaria en este caso
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3 Mar 2025 08:24 AM

Ley le frena práctica a comerciantes: factura no es necesaria en este caso

Sophia
Salamanca Gómez
La solicitud de este requisito estaría perjudicando a los consumidores.

En muchos comercios, tanto pequeños como grandes, es común encontrar prácticas que no cumplen con la normativa vigente y que pueden perjudicar a los consumidores.

Al adquirir un producto, los compradores cuentan con diversos beneficios, y uno de los más importantes es la garantía del producto. Esta les permite reclamar cuando el bien no cumple con las condiciones esperadas.

Sin embargo, algunos establecimientos imponen requisitos adicionales para hacer efectiva la garantía, con acciones, que además de ilegales, pueden derivar en sanciones para los comerciantes.

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¿Qué es la garantía de un producto?

Según el Estatuto del Consumidor (Ley 1480), es un derecho que protege a los compradores y obliga a los vendedores a responder por la idoneidad, calidad y seguridad de los bienes y servicios adquiridos.

Esto significa que si un producto presenta fallas, el consumidor puede exigir su reparación, cambio o devolución del dinero, sin que el comerciante pueda cobrar por este proceso.

Requisito ilegal que no es innecesario

Una de las prácticas fuera de la Ley de algunos comerciantes es exigir la factura de compra para hacer efectiva la garantía. Sin embargo, el Estatuto del Consumidor establece que la presentación de la factura no es un requisito para reclamar este derecho.

En su lugar, el comprador puede demostrar la adquisición del producto a través de otros medios como recibos de pago, registros electrónicos, o incluso testimonios.

Los responsables de responder por la garantía de un producto o servicio serán los productores, fabricantes, vendedores, distribuidores o importadores, según el caso.

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Otros requisitos que no pueden exigir los comercios

Algunos establecimientos imponen condiciones que van en contra de la ley. Según la normativa vigente:

  • No pueden ofrecer bonos de compra en lugar de devolver el dinero.

  • No pueden negarse a recibir una garantía por falta de factura.

  • No pueden rechazar la garantía de productos en oferta si no se especificó previamente que el defecto estaba contemplado en la rebaja.

  • No pueden poner letreros indicando que sus productos no tienen garantía, salvo en casos de productos imperfectos, usados o descontinuados, y siempre deben informarlo de manera visible y clara antes de la compra.

Excepciones a la garantía

La garantía no cubre todos los casos. Por ejemplo, si compró un producto usado o con algún defecto y se lo informaron antes, no aplica.

Tampoco cubre bienes comprados para uso empresarial, a menos que le hayan dado una garantía específica. Además, si el producto se daña por un mal uso o por algo que no tenga que ver con su fabricación, la garantía no responde.

¿Cómo hacer efectiva la garantía?

Para realizarlo, el Ministerio de Justicia indica los pasos a seguir:

1. Presentar la solicitud de garantía ante el vendedor, fabricante o importador, mediante:

  • Teléfono
  • Correo electrónico
  • Carta escrita
  • De manera verbal

2. Explicar las razones de la solicitud y el tipo de solución esperada (reparación, cambio o devolución del dinero).

3. El vendedor o fabricante debe responder en un plazo máximo de 15 días.

4. Si el proveedor se niega a cumplir con la garantía, el consumidor puede presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

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¿Cómo presentar una queja ante la SIC?

Si un establecimiento se niega a cumplir con la garantía, puede realizar una queja siguiendo estos pasos:

  • Redactar una carta denunciando los hechos desde la compra hasta la negativa del comerciante.
  • Adjuntar pruebas como recibos, fotos del producto, constancias de reclamación y cualquier otra evidencia.
  • Incluir los datos personales (opcional) y los del establecimiento denunciado.
  • Presentar la denuncia en la SIC de manera física o electrónica.

El derecho a la garantía está protegido por la ley, y los comerciantes no pueden condicionar su cumplimiento a la presentación de una factura. Como consumidor exija sus derechos y acuda a las autoridades correspondientes.