A trabajadores les cambian permisos que piden por nuevo decreto
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, anunció recientemente la firma del Decreto 0720 de 2024, el cual introduce cambios significativos en la normativa de los permisos sindicales. Este decreto, resultado de la Negociación Nacional Estatal, promete mejorar las condiciones de los trabajadores sindicalizados y fortalecer los derechos sindicales en el país.
“El Gobierno Nacional ha expedido hoy el Decreto No. 0720 de 2024, que modifica la normativa de permisos sindicales, cumpliendo con lo acordado en la Negociación Nacional Estatal. Este decreto reconoce la importancia de otorgar permisos sindicales a los afiliados/as, en línea con los Convenios 87 y 98 de la OIT y las sentencias de la Corte. Como garantía, se establecen plazos claros para otorgar estos permisos, evitando el abuso del silencio administrativo y las negativas automáticas. Esta medida refuerza el compromiso con los derechos de los trabajadores/as y las organizaciones sindicales”, declaró la ministra.
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Cambios clave en los permisos sindicales
El nuevo decreto introduce un marco detallado para la gestión de permisos sindicales, destacando los siguientes puntos:
- Permisos sindicales remunerados: Los representantes sindicales tendrán derecho a permisos remunerados, los cuales deben ser razonables y proporcionales al número de afiliados.
- Beneficiarios: Los permisos incluyen a integrantes de comités ejecutivos, directivas, subdirectivas, comités seccionales, comisiones de reclamos y afiliados de sindicatos, así como delegados para asambleas sindicales y negociación colectiva.
- Reconocimiento y otorgamiento: Los permisos deben ser reconocidos mediante acto administrativo, previa solicitud de las organizaciones sindicales, y las entidades públicas deben atender estas solicitudes de manera oportuna.
- Capacitación: Se permite otorgar permisos para jornadas de capacitación y formación sindical.
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Procedimiento para solicitar permisos
Los permisos sindicales deben ser solicitados por escrito con al menos ocho días de antelación para asambleas y negociaciones, y cuatro días para directivos. La entidad pública debe responder mediante acto administrativo motivado, indicando el nombre del servidor, la finalidad y la duración del permiso. Solo se puede negar un permiso si se demuestra que afectaría la debida prestación del servicio de la entidad.
El Decreto 0720 de 2024 es una buena noticia para los trabajadores sindicalizados en Colombia. Facilita el acceso a permisos con sueldo para que puedan cumplir con sus responsabilidades sindicales, y garantiza que sus derechos sean respetados.